Este viernes, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura resolvió que tras nueve meses de la muerte de Dilan Cruz Medina, registrada en noviembre de 2019, en el marco de una manifestación del paro nacional, la investigación pase a la Justicia Penal Militar.
El documento, conocido por BLU Radio, señala que: “Una actuación delictiva tiene relación con el servicio cuando es realizada por un miembro de la fuerza pública y este se encuentra en cumplimiento o ejercicio regular de las funciones a él asignadas siempre y cuando la conducta ilícita tenga íntima afinidad con esas mismas funciones”.
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La judicatura agrega en el documento que, por tanto, no es viable que delitos comunes cometidos por militares en servicio activo, pero ajenos a su actividad, sean de conocimiento de esos tribunales “teniendo en cuenta que la Jurisdicción Penal Militar constituye una excepción a la regla del juez natural, así se prevé en el artículo 221 de la Constitución. Por lo tanto, un delito está relacionado con el servicio únicamente en la medida en la cual haya sido cometido en el marco del cumplimiento de la labor, esto es, del servicio asignado por la Constitución y la Ley a la fuerza pública”.
Cabe recordar que este joven estudiante murió tras un disparo de un agente del Esmad con una escopeta calibre 12, en medio de protestas en el centro de Bogotá. La investigación entonces la asume la justicia penal militar, que deberá decidir la suerte jurídica del capitán Manuel Cubillo Rodríguez de la Policía Nacional.