X

Porqué los abusos de Electricaribe y otros

“No hay tiranía más cruel que la que se comete bajo el escudo de la ley y en nombre de la justicia. “

La Constitución de 1991, implantó en la comunidad definidos conceptos que aun no se han asimilado cognitivamente en el conglomerado social, entre ellos la descentralización por servicios que da facultad de asumir funciones con total autonomía a entidades diferentes del Estado y al sector privado en las actividades de orden empresarial.
Electricaribe es una empresa española de energía eléctrica fundada en 1998, filial de Gas Natural Fenosa, maniobra en la Costa norte de Colombia, distribuyendo y comercializando energía en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Sucre, Córdoba, Cesar, Magdalena y La Guajira.

A ésta compañía por virtud de la ley, le fueron otorgadas potestades administrativas que aunque en esencia pretenden hacer valer el principio de servicio público como fin del ejercicio, lo que refleja es la ineficacia del Estado en su atributo de manejar y controlar actuaciones que redunden en prestación eficiente y competitivo de asistencia y obligación con la comunidad.

Hábilmente maniobrada por legendarios raptores de riqueza colombiana desde épocas de la conquista, ha acudido a implementar a su favor toda clase de estratagemas jurídicas, sustento legal del hecho de intimidación coactiva en asuntos pecuniarios, siempre favorable por su condición de posición dominante, juez y acusador en el proceso administrativo, determinador innegable de la mala fe del usuario, cuantificador de quiméricas cuentas generadas y sin pagar que van más allá, a la imposición de sanciones solo redimibles en dinero, configurando también una extorsión legalizada de la que el usuario no tiene recurso diferente al de saciar las apetencias de los chapetones.

Es quizá una de las aberraciones del derecho administrativo colombiano, que a pesar de tantas demandas, inconformidades y protestas no ha podido erradicar, porque el mismo sistema afanado en cumplir constitucionalmente desdibujó consecuentemente la autoprotección Estatal de alimañas comerciales nacidas de esa permisividad legal. Si bien es cierto, el ciudadano debe pagar por un servicio y contribuir al funcionamiento del Estado, el formalismo de cobro dentro de la sana figura de la descentralización y transmisión de competencias trasciende al usufructo del servicio público como factor de enriquecimiento particular sin revertir en inversión social compensatoria.

Las cosas en derecho como se hacen se deshacen, solo que para aniquilar la perversidad de Electricaribe y de otras empresas configuradas bajo éstas condiciones, el Estado colombiano debe acometer potestativamente imposiciones jurídicas y económicas trascendentales que rompan el esquema operativo de aparente legalidad en que se amparan estos mañosos consignatarios de las necesidades ciudadanas.

Será que difiere un asalto comunitario para cambiar medidores, con la consabida imposición arbitraria de sanciones al montón a sabiendas que pocos reclamarán por ignorancia o indiferencia, y el caminar obligado de esa comunidad por un estrecho sendero minado, sembrado por malévolos guerrilleros.

Alfonso Suárez Arias

Periodista: