No planificar es una falla administrativa, tal vez por ello, la Constitución Política de Colombia en el capítulo 2 consagró la elaboración de los Planes de Desarrollo municipal, departamental y nacional, que recoge necesidades y plantea posibles soluciones, pero ¿qué tan realizables son? es la preguntan que se hacen muchos, quienes ven que cada cuatrienio se plantean muchas metas, pero son pocas las necesidades básicas insatisfechas las que se reducen.
Los planes de desarrollo están conformados por una parte general y un plan de inversiones públicas y representan una carta de navegación de los entes territoriales, la cual les va a mostrar por cuales ‘aguas’ navegar.
En ese sentido, cada mandatario que llega al poder, tiene seis meses para la elaboración de su plan de desarrollo, el cual debe presentar un diagnóstico que incorpore el enfoque poblacional, territorial, de género, de derechos, entre otros.
Para el cumplimiento de las metas deben definirse estrategias, acciones e instrumentos que permitan su cumplimiento durante el período de ejecución.
Aníbal Quiroz Monsalvo, actual jefe de Planeación del Valledupar, quien además fue asesor del Departamento Nacional de Planeación, DNP, considera que el plan de desarrollo es la carta de desarrollo de un municipio, departamento o nacional.
“En la Ley 152 dice que debe tener en cuenta el programa de gobierno inscrito por el candidato que ha sido elegido y que sea concertado con la comunidad y los grupos poblacionales:
discapacitados, mujeres, indígenas, que hacen presencia en el territorio y que tengan consignadas cuales son las estrategias que desarrollara el gobernante durante los cuatro años para cumplir con ese programa de gobierno que fue inscrito”, explicó.
Recordó que en Colombia el voto es programático y por lo tanto, la gente vota por un programa de gobierno de un candidato, por lo que la esencia del plan es mantener el programa de gobierno que inscribió el candidato, “y de ahí en adelante es recopilar todas las problemáticas y posibles soluciones de la población y en el Consejo Territorial de planeación que es la instancia civil se le hacen modificaciones y ajustes para que finalmente en el Concejo municipal, Asamblea o Congreso se haga la aprobación del plan de desarrollo”.
Para el coordinador del programa ‘Valledupar Cómo Vamos’, Gabriel Campillo, la ley exige que los gobiernos registren ante la Procuraduría sus programas de gobierno, “es decir lo que ellos piensa, pero resulta que si él gana, no es el alcalde solo de los que creyeron en su programa, sino también de los que no creyeron, por esa razón la ley les da cinco meses para que armonicen su programa de gobierno y establezca el plan de desarrollo municipal”
Los objetivos
Para Gabriel Campillo el objetivo de un plan de desarrollo es desarrollar políticas públicas que conduzcan al cumplimiento de unas metas que son mejorar el bienestar de la comunidad.
Para su elaboración se debe tener en cuenta por ejemplo, los objetivos del desarrollo sostenible (antes objetivos del milenio), el plan de desarrollo nacional y el plan de desarrollo territorial.
El éxito de un plan está en lo participativo de éste, cuando las comunidades expresan sus necesidades más sentidas y se priorizan.
¿Letra muerta?
Para Gabriel Campillo algunos planes de desarrollo han resultado ser letra muerta, según explicó porque las inversiones hechas no inciden en las necesidades básicas insatisfechas.
“Cuántos miles de millones han invertido en el municipio de Valledupar y por qué no se ha mitigado, no se han disminuido las necesidades básicas insatisfechas”, afirmó Campillo.
Asegura que muchos planes son un contrasentido, porque estos iban en un camino distinto y muestra de ello, es que en algunas rendiciones de cuentas invitan a las personas para contarle en qué se gastaron el dinero, pero jamás en cómo van las metas.
Para Quiroz Monsalvo los planes de desarrollo tienen algunas dificultades y estas radican en que los problemas son ilimitados y el presupuesto municipal es limitado, por lo que se debe conjurar un buen equipo técnico y gerenciar para dejar consignada esas problemáticas con sus posibles soluciones financiadas con recursos del municipio, gestión, recursos del departamento y nación, crédito o cooperación internacional.
¿Se cumplen las metas?
Para el jefe de Planeación del Cesar, Federico Martínez, quien también estuvo en la formulación del plan de desarrollo anterior, el cumplimiento de las metas depende en cómo se escriba el documento, si se plantean o no temas que no son competencia del departamento o si tiene en cuenta metas realizables.
Para Martínez el error está en que en muchas ocasiones los mandatarios lo mandan hacer y de pronto quien lo hace, escribe más de lo que el gobernante propuso y más de las competencias de la entidad territorial.
“Lo mejor es hacerlo con la misma gente, con el equipo técnico de la entidad territorial, con la gente que conoce el territorio y que el gobernante cuando se le formule el plan, lo lea bien y conozca lo que se le plantea como plan de gobierno, muchas veces se presenta que la entidad lo manda a hacer y si el mandatario no está pendiente, se comete el error de escribir metas que no se van a trabajar o que no son competencia de la entidad”, precisó Martínez.
Según su experiencia la mayoría de planes alcanza un 80, 70 y 65% en ejecución.
Articulación
En fundamental que a la hora de formular un plan de desarrollo, éste se articule con el plan de desarrollo nacional y departamental, en el caso del municipal.
“Una ventaja es que las gobernaciones van adelante y le van mostrando a los municipios, por ejemplo, en el Cesar, en una cumbre de alcaldes, el gobernador mostró su línea de trabajo”, aseguró.
De igual modo, es fundamental que todo lo que se vaya a realizar esté incluido en el plan de desarrollo, “muchas veces lo que desarrollan no lo documentan bien y lo que se va ejecutando se vaya descargando en cada una de las metas que hizo, que se vea que lo planeado se está ejecutando”.
Momentos
Un plan de desarrollo debe cumplir varias etapas o actividades.
En ese sentido, lo primero es un alistamiento institucional que contempla, la escogencia de un coordinador o encargado del mismo; la identificación de los recursos disponibles, la conformación del equipo, entre otros.
Debe tener una parte estratégica que contenga un diagnóstico, la construcción de la visión y misión, definir la estructura del plan, lo mismo que formular los objetivos, las estrategias, los costos, definir metas e indicadores, de igual modo, convocar, conformar y formalizar el Consejo Territorial de Planeación.
Una vez listo el borrador presentarlo inicialmente al Consejo Territorial de Planeación con copia al Concejo Municipal en el caso del Municipio y a la Asamblea en el caso del Departamento.
¿A qué responde?
Un plan de desarrollo debe darle respuesta a los compromisos que adquirió el mandatario como candidato en su programa de gobierno.
De igual modo, mostrar con claridad cuáles son los efectos e impactos que pretende alcanzar el gobierno territorial en forma conjunta con otros niveles de gobierno (Orientado a resultados).
Debe mostrar relación entre las competencias, el diagnóstico, la visión, la misión, los objetivos, las metas, entre otros.
De igual modo, debe identificar, cuantificar y proponer acciones para solucionar los problemas prioritarios que afronta la entidad territorial, y tomar ventaja de los potenciales y oportunidades en las diferentes dimensiones del desarrollo.
También debe definir indicadores de resultado y productos que permitan realizar el seguimiento y la evaluación a la gestión adelantada por la Administración, de acuerdo con las políticas, estrategias, programas, subprogramas y metas definidos en el plan de desarrollo.
Composición
El Plan de Desarrollo está compuesto por una parte estratégica que contempla los objetivos sectoriales y territoriales, las estrategias y políticas en materia económica, social, ambiental e institucional.
Presentar las inversiones a corto y mediano plazo: proyección de los recursos financieros; descripción de los principales programas y proyectos prioritarios de inversión.
Lo mismo que un presupuesto plurianuales; especificar los mecanismos idóneos para su ejecución.
Paso a paso
El primer paso que debe surtir un mandatario es la presentación de su idea de plan de desarrollo al consejo de gobierno.
Una vez hecha está presentación, se hará la convocatoria y conformación del Consejo Territorial de Planeación.
El 28 de febrero a más tardar el primero de marzo el borrador del plan de desarrollo debe ser presentado al Consejo Territorial de Planeación, con copia al concejo o a la asamblea, para su análisis y discusión. El Consejo tiene un mes para socializarlo ante los diferentes sectores representativos de la sociedad civil, a fin de recoger y formular las recomendaciones del caso.
El 30 de abril, el documento debe ser presentado ante el Concejo o Asamblea para que inicie el proceso de aprobación.
La Ley 152 de 1994 establece que el plan debe ser aprobado por el Concejo o Asamblea a más tardar el 31 de mayo.
Los planes de desarrollo deben ir primero al Consejo Territorial de Planeación y luego al Concejo Municipal para su aprobación.
Sandra Santiago B.
Sandra.santiago@elpilon.com.co