La financiación ilegal de las campañas de Santos en 2010 (ya confesada por Roberto Prieto) y del 2014, de la que hay múltiples indicios, ha distraído a la opinión pública de un peligro aún más grave. De acuerdo con el fast track aprobado por la Constitucional, a más tardar la próxima semana se incorporaría a la Constitución el acuerdo remendado con las Farc.
A esa reforma constitucional solo le falta ser aprobada en la plenaria de la Cámara. Ni siquiera el escándalo hará que no obtenga las mayorías que necesita. El Gobierno ya enmermeló a los congresistas que estaban poniéndose difíciles con la justicia especial para las Farc. Al paso que vamos a los parlamentarios de la unidad nacional les va a dar diabetes y al resto de los ciudadanos nos seguirá doliendo el bolsillo para pagarles los potes de dulce con que Santos los unta.
Hay que recordar que el Presidente le había concedido a la guerrilla que el acuerdo que firmaran hiciera parte de la Constitución por vía de hacerlo parte del llamado “bloque de constitucionalidad”.
Más tarde, los negociadores del Gobierno, después de su derrota en el plebiscito y tras la negociación con los voceros del No, aseguraron que una de las mejoras “aceptadas” sería que el acuerdo no se integrara a la Carta. Pues bien, aquí también hicieron conejo.
En efecto, por un lado, el proyecto de acto legislativo al que hago referencia dice que “los contenidos del Acuerdo Final que correspondan a normas de Derecho Internacional Humanitario o Derechos Fundamentales definidos en la Constitución Política y aquellos conexos con los anteriores, serán obligatoriamente parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y las leyes de implementación y desarrollo del acuerdo final”. Y después agrega que “las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final. En consecuencia, las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado, los desarrollos normativos del acuerdo final y su interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del acuerdo final”. Es decir, el acuerdo sería una norma por encima de la Constitución, una norma supra constitucional, y obligaría a todas las ramas del poder público y a todos los órganos del Estado, sin excepción.
Para rematar, la reforma pretende que el acuerdo remendado obligue a todos “a partir de su promulgación hasta la finalización de los tres periodos presidenciales completos posteriores a la firma del acuerdo final”. Es decir, desde ahora y hasta agosto del 20026. Una camisa de fuerza para los próximos gobiernos. Ni más ni menos. ¿Y si la mayoría elige a quien tenga diferencias de fondo con lo pactado?