La jefe de la oficina de Recaudo Municipal, Gisselle Dávila, aseguró que el acuerdo 034 desde el año pasado no se encuentra vigente, pues éste fue derogado por el acuerdo 026 de 2012 que fue aprobado el 28 de diciembre de ese año y que a partir del 1 de enero, los contribuyentes hacen los pagos con nuevas tarifas, esto corresponde al impuesto predial unificado.
La funcionaria hizo referencia al artículo publicado por este medio en el que fue entrevistado el abogado Román Ortega quien manifestó que las personas con predios que no superan el 20% de área construida debían pagar un 33 por mil.
“Hay que aclarar que en vigencia del acuerdo 026 de 2012 que es el nuevo Estatuto Tributario hay tarifas especiales para predios rurales, lo que son fincas y predios rurales de personas pobres en zona rural tributan y pagan impuesto con tarifas diferenciales que van del 5 al 16 por mil como establece la Ley 1450 de 2011, hay que aclarar que la Ley 44 del 90 de la cual hace referencia el abogado, fue modificada por la Ley 1450 que es del Plan de Desarrollo Nacional, que especificó que no iba a oscilar entre el 1 y el 16 por mil si no del 5 al 16 por mil”, explicó la funcionaria.
Dávila también aclaró que “lo que dispone la norma para predios urbanizables no urbanizados es que la tarifa que castiga es de 33 por mil que en esta administración disminuyó al 22 por mil y que se factura a predios cuya destinación es certificada por la autoridad que en este caso es el Agustín Codazzi, lo que corresponde a destino de predios urbanizables no urbanizados, en esta administración que va de 2012 a 2015 no se ha liquidado impuestos a predios que no superan el 20% del área construida.
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi es el que certifica y el que dice la manera en que deben ser cobrados los impuestos en un municipio. Es decir, la Secretaría liquida bajo los parámetros que da el IGAC que es la autoridad catastra.
“El acuerdo 034 no está vigente y la nulidad a la que hace referencia el Consejo de Estado corresponde a una información que se tenía de liquidaciones que se definían como predios urbanizables no urbanizados que no superaba el 20% del área construida”, finalizó la jefe de Recaudo de Valledupar.
Por Freddy Oñate Acevedo /EL PILÒN
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