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No a referendo derogatorio

Sobre las formas de participación democrática, la Constitución Política de 1991 en su artículo 103, estipula: Son mecanismos de participación del pueblo en el ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará. Además, el Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación…

En el artículo 170 la CP, dispone que: Un número de ciudadanos equivalente a la décima parte del censo electoral podrá solicitar ante la organización electoral la convocación de un referendo para la derogatoria de una ley.

La ley quedará derogada si así lo determina la mitad más uno de los votantes que concurran al acto de consulta, siempre y cuando participe en este una cuarta parte de los ciudadanos que componen el censo electoral.
No procede el referendo respecto de las aprobatorias de tratados internacionales, ni de la ley de presupuesto, ni de las referentes a materias fiscales o tributarias.

En defensa de la democracia, de los derechos y libertades de la humanidad, considero que en la actual circunstancia del país no es conveniente el referendo derogatorio, que plantea el periodista, Herbin Hoyos, porque es similar al referendo que viene promoviendo el partido político Centro Democrático. Ya que tales referendos conllevan al desmantelamiento de la CP de 1991, sin necesidad de instalar Asamblea Constituyente, que es la instancia facultada para cambiar el Estado Social de Derecho que, actualmente, protege a todos los colombianos de las injusticias cometidas por la gente arbitraria, tanto en el sector público, como en el privado.

Por la polarización recalcitrante presente, algunos me señalarán como comunista. A estos les informo que en modo alguno comulgo la ideología del comunismo, ni siquiera el socialismo, mucho menos el populismo. Lo que siempre he detestado es la arbitrariedad, venga de donde venga. Al respecto, reconozco que el acuerdo de paz con las Farc contiene múltiples falencias, una de ellas es que ninguno de los comandantes de las Farc debería ser congresista, antes de comparecer ante la JEP a declarar la verdad. A propósito de esta ley especial y transitoria, en una de mis anteriores columnas he defendido a su presidenta, Patricia Linares, por su correcta actuación.

Con relación al partido político Centro Democrático, y en particular a su jefe máximo, el expresidente Álvaro Uribe Vélez, a quien muchas veces le he criticado su manera de gobernar, me corresponde aclarar que nunca lo he difamado, porque no me consta nada de lo malo que de él se ha dicho; sin embargo, estoy de acuerdo, que debe comparecer ante la JEP a revelar la verdad y acatar la sentencia pertinente. A este tribunal especial también deben acudir los demás expresidentes vivos a relatar la verdad.

Sobre la polémica en torno a ‘Jesús Santrich’, ya lo dije, no debería ser congresista, pero sobre su involucración en narcotráfico después de la firma del acuerdo de paz, los magistrados de la JEP actuaron conforme a lo pactado en La Habana, Cuba y firmado por ‘Timochenko’ y el expresidente JM Santos en el Teatro Colón de Bogotá. No obstante, su juzgamiento lo pasaron a la Corte Suprema de Justicia, la cual debe verificar si los videos mostrados por la fiscalía no son montajes como lo afirma el acusado.

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Jose_Romero_Churio: