X

Nicolás, las penas y la presidencia

Antecedentes inmediatos: Petro designa a su hijo como jefe de la campaña en el Caribe y lo encarga de gestionar dineros para la campaña; Nicolás recibe dinero de mafiosos y de contratistas del Estado, no le cuenta a su papá y una parte se la gasta y otra la dedica a la campaña, según dice en Semana; afirma también que a esa campaña entraron otros dineros ilegales, como los de Euclides Torres, y sugiere que de esa plata su padre sí sabía pero que “no puede comentarlo porque está en un proceso con la Fiscalía”.


Hechos conocidos antes: la campaña de Petro no reportó los gastos de pago a testigos en la primera vuelta ni los relacionados con los consultores internacionales, y un informe de auditoría muestra “pagos a empresas fantasma, donaciones no registradas y una aparente maniobra de cambio de facturas” con el fin de evitar aparecer sobrepasando los topes establecidos para la campaña.


El código penal: desde 2017, hay nuevas reglas que establecen que son delitos que los gerentes y los candidatos reciban recursos de “fuentes prohibidas” para financiar las campañas y que se “excedan los topes o límites de gastos establecidos por la autoridad electoral”.


La Constitución: con independencia de la eventual responsabilidad penal, el art. 109 dice que “la violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de la investidura o del cargo”.


Topes: en primera vuelta, la campaña de Petro reportó gastos por $28.384.680.001, $152 millones debajo del tope del CNE, y solo una donación individual de dos millones hecha por Camilo Ramón Mejía. Para la segunda vuelta, la campaña reportó gastos de $13.199.709.794, $148 millones debajo del tope, y solo una donación de Luis Gabriel González por $30 millones. Ninguno de los aportes de los cuales habla Nicolás fueron reportados. Con esos ingresos (o con los gastos relacionados con testigos y asesores internacionales) se violarían los topes.


Responsabilidad penal de Gustavo Petro: si la viera, la Comisión de Acusaciones de la Cámara tendría que acusarlo ante el Senado. Admitida la denuncia, el Presidente quedaría suspendido de su cargo y deberá ser puesto a disposición de la Corte Suprema.


Responsabilidad política: aún si no hubiera responsabilidad penal, si se prueba que hubo violación de los topes sería sancionado con la pérdida del cargo. Como los dineros recibidos que entraron a la campaña, todos no reportados como he señalado, beneficiaron no solo a Petro sino también a su fórmula vicepresidencial, en caso de que Petro fuera suspendido o destituido en el cargo, no cabría que Francia Márquez se hiciera cargo. La Presidencia debería ser asumida por el presidente del Senado, Iván Name, en caso de que la decisión se tomara antes del 20 de julio de 2024, o quien asuma ese cargo si fuese después.

Por Rafael Nieto Loaiza

Categories: Columnista
Rafael Nieto Loaiza: