El exsenador del departamento del Cesar, Mauricio Pimiento Barrera, al igual que 50 congresistas más condenados por parapolítica y otros delitos, deberá devolver los dineros recibidos por conceptos de reposición de votos, sueldos recibidos y aportes en salud y pensión.
La orden proviene del Juez 37 Administrativo del Circuito Judicial de la capital de la República, según publicó la W Radio, y responde a una acción popular en la que solicitan proteger los derechos colectivos a la moral administrativa y a la defensa del patrimonio público.
En mayo de 2008, Mauricio Pimiento fue condenado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia a siete años de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado, en relación con sus vínculos con el Bloque Norte de las Autodefensas, sin embargo, salió de la cárcel La Picota de Bogotá tras haber permanecido detenido durante dos años y 10 meses.
El fallo firmado por el juez ordena textualmente, según la publicación de la estación radial: Primero: “Al Consejo Nacional Electoral inicie los procesos de devolución de financiación, tanto a los partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos como a los candidatos avalados por éstos, luego electos y posteriormente condenados por la Corte Suprema de Justicia o por la justicia ordinaria por concierto para delinquir u otros delitos conexos”.
Incluso que “los dineros que deben devolver corresponden a los recibidos por concepto de reposición de votos y proporcionalmente los percibidos por financiación anual al partido, movimiento o grupo significativo de personas”, dijo la W Radio
En segunda instancia: “Ordena al congreso de la República iniciar los procesos de restitución de los dineros por todo concepto (salariales o prestacionales) que hayan recibido los congresistas condenados por la Corte Suprema de Justicia o por la justicia ordinaria desde el momento de su posesión hasta su retiro, incluyendo sumas canceladas para el sistema general de salud y pensiones”.
Ante esta situación, el exsenador Mauricio Pimiento dijo que “este es un fallo de primera instancia que data desde hace dos meses y fue debidamente apelado ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Bogotá, toda vez que se está utilizando de la acción popular invocando la defensa de la moralidad administrativa en forma abusiva e improcedente, por cuanto el juez omite que quienes fuimos condenados por la Corte Suprema de Justicia hemos recibido una sanción por parte de la máxima autoridad que consideró determinada sanción entre las que no contempló la devolución de los sueldos ni el aporte del Estado al pago de los votos, por lo que otra autoridad judicial no puede hacer uso de esta acción”.
Explicó que “no se puede condenar dos veces, en este caso una autoridad administrativa cuando antes hubo una condena penal. No podía exigirse la devolución porque la elección no fue declarada nula y porque hasta último momento nuestro desempeño como congresista estuvo revertido por la presunción de legalidad”. Advirtió que “de llegar a prosperar esa acción se procedería de manera ilegal e inconstitucional.
NIBALDO BUSTAMANTE / EL PILÓN