Colombia se caracteriza por adoptar políticas públicas a partir del éxito que se refleja en países con nivel de desarrollo superior, esto no es la excepción en las políticas públicas implementadas en la educación.
Por eso causa sorpresa que intentemos ser pioneros en la reglamentación de oferta de postgrados de alto nivel que va a permitir la recién creada Ley 2142, expedida en agosto del presente año por el presidente de la República tras su aprobación en el Congreso.
La Ley 2142 de 2021 autoriza a institutos y centros de investigación tramitar y obtener registros calificados para ofrecer programas académicos de maestría y doctorado y expedir los títulos correspondientes, a pesar de no ser instituciones de educación superior.
De esta manera, seremos el primer país en donde los títulos de maestría y doctorados pueden ser otorgados por centros e institutos de investigación.
Por lo general, las instituciones de educación superior del país adoptan sistemas combinados entre el sistema americano y el europeo. En estos países a pesar de contar con institutos y centros de investigación con gran trayectoria y reconocimiento de talla mundial, no se les permite expedir títulos académicos de maestría y doctorado, para no decir títulos universitarios, e ir acostumbrándonos a cambiar de vocabulario en Colombia.
Lo que sí existe en esos institutos y centros de investigación de prestigio son convenios bien estructurados con las universidades para que desarrollen sus investigaciones planteadas en sus tesis de acuerdo con intereses comunes, pero las universidades son las que finalmente expiden los títulos.
A pesar de que esta ley se concibió para que los institutos y centros de investigación oferten maestrías y doctorados, la reglamentación para el registro calificado de los programas se lo deja al Ministerio de Educación.
Además, deja la posibilidad de ofrecer estos programas de manera virtual, después de cumplir con la infraestructura digital necesaria que defina el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Desde que se dio a conocer el proyecto de ley en el congreso, los líderes de la educación y académicos en el país han pedido que se reconsidere los propósitos que se buscan con esta ley y más bien se fortalezca a las universidades, reconociendo todos los esfuerzos que han hecho en materia de acreditación de calidad de sus programas.
Las 32 universidades públicas del país han rechazado categóricamente la Ley 2142; además, los rectores del autodenominado G10 (10 universidades acreditadas del país y en las mejores posiciones según los diferentes rankings de medición) han solicitado en días recientes derogar dicha ley.
La Ley 2142 de 2021 describe que los centros e institutos de investigación pueden ser de autonomía administrativa y financiera, o dependientes adscritos al sector académico en instituciones públicas o privadas, pero también pueden estar adscritas a ministerios, departamentos administrativos o entidades descentralizadas de orden nacional, lo que preocupa a las universidades, tanto públicas como privadas, ya que genera muchas dudas sobre la calidad de los programas que se oferten.
El principal argumento de los impulsores de esta ley es crear programas de maestría y doctorado, ya que los actuales son insuficientes para las necesidades del país, además de ofertar esos programas en áreas de poca demanda y que por tanto son inviables económicamente para las universidades.
Es claro que necesitamos mucho más capital humano con formación de alto nivel para aumentar las capacidades de ciencia, tecnología e innovación en el país y empezar a cerrar la brecha que llevamos, pero hay que ser conscientes que esta formación implica unos retos enormes con múltiples factores, que hasta ahora las universidades han surtido muy bien y cuentan con la experiencia de muchos años, mientras que los centros e institutos de investigación pueden perder el horizonte de su misión por tratar de entrar en un sector que nunca ha sido su competencia, desorientando su idoneidad que requieren toda su concentración.