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Los beneficios de la pensión familiar

Con la pensión familiar las personas podrán tener más facilidad de pensionarse. EL PILÓN/Archivo.

Con el nuevo sistema de pensión familiar podrían jubilarse al año más de 10 mil personas.

Uno de los principales problemas que presentan las personas para poder pensionarse es que no alcanzan el número total de semanas que se deben cotizar o el valor total para lograr la condición de ‘pensionado’, no obstante con la ley 1580 de 2012 por medio de la cual se crea la pensión familiar, se permite la suma de las semanas o del ahorro acumulada por una pareja en edad de retiro, cabe destacar que esto incluye a las personas del mismo sexo.

Pese a que esta ley está constituida desde hace dos años, son pocas las personas que conocen de esta modalidad de pensionarse. EL PILÓN estableció mediante un sondeo a diez personas, que siete de éstas, desconocen totalmente la nueva ley.

El artículo 2 de la ley 1580 de 2012 adiciona un nuevo artículo al Capítulo quinto al Título cuarto al Libro primero de la Ley 100 de 1993 y reza que “En caso de que el capital sea insuficiente, se sumarán las semanas de cotización de ambos para determinar si pueden acceder al Fondo de Garantía de Pensión Mínima, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 100 de 1993”, así pues las personas que mantengan un vínculo ya sean esposos o compañeros permanentes y que estén afiliados a Colpensiones o a una AFP y que tengan al momento de solicitar la pensión más de cinco años de relación conyugal, siempre y cuando haya iniciado antes de cumplir cada uno 55 años, podrán beneficiarse con la pensión familiar.

La pareja tendrá cobertura de salud y serán afiliados al régimen contributivo, uno de ellos como cotizante y otro como beneficiario.

Pero hay varios aspectos a tener en cuenta y que se deben saber antes de proceder a solicitar una pensión y uno de ellos es la edad; así entre la pareja ya se hayan cotizado las semanas requeridas o se haya logrado el ahorro, las personas deberán acreditar las edades exigidas por la ley y de la misma manera se necesitará que a los 45 años de edad hayan cotizado el 25% de las semanas requeridas.

Pero esta modalidad de pensión es dirigida a un público objetivo pues solo beneficia a los hogares de estrato 1 y 2 del Sisbén y el valor que recibirán será de un salario mínimo mensual; es importante recalcar que como se trata de un núcleo familiar la pensión saldrá a nombre de los dos cónyuges y si hay separación o divorcio no se perderá el beneficio, pues la misma se repartirá en partes iguales, es decir el 50% para cada uno.

Así pues, las personas deben pedir a cada fondo en donde estén el saldo ahorrado, el número de semanas cotizadas y el valor de los bonos pensionales y sus rendimientos. De esta manera, si las personas están en Colpensiones los hombres deben haber cumplido los 62 años y las mujeres 57, en los dos casos deben haber cotizado menos de 1275 semanas, pero la suma de las semanas de los dos debe ser al menos del ese valor.

Por: Freddy Oñate Acevedo / EL PILÓN

freddy.onate@elpilon.com.co

Categories: Económicas
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