POR: INDALECIO DANGOND BAQUERO
El próximo 28 de enero finaliza el plazo del Estado de Excepción que le permite al presidente Santos expedir decretos legislativos al amparo de esta medida. Paradójicamente, el sector Agropecuario que fue el más golpeado por esta ola invernal, ha sido el menos favorecido. De los 31 decretos expedidos, solo “tres” auxilian en parte a los productores del campo; los libran de una mala calificación por parte de la banca cuando reestructure su crédito por culpa del desastre invernal, les regalan una asistencia técnica para sembrar árboles y le aumentan el subsidio del costo de la prima. No hay derecho!
No entiendo como pudimos dejar pasar semejante oportunidad para modificar algunas leyes e instrumentos de apoyo que limitan el desarrollo rural del campo colombiano. Se nota que el Gobierno se preocupó más por lo urgente, que por lo importante, se concentraron en el árbol y no en el bosque. Con todo el aprecio y admiración que le tengo al Ministro Juan Camilo Restrepo, debo decirle que su equipo de colaboradores inmediato, se quedó corto en las medidas adoptadas para mitigar el impacto negativo en el sector agropecuario por la larga sequia de 2009 y el exceso de lluvias de 2010.
Con estas facultades se hubiera podido fusionar el Fondo Agropecuario de Garantías -FAG- con el Fondo Nacional de Riesgos Agropecuarios y crear un Organismo Central de Riesgos Agrarios que garantice “directamente” ante la banca, los créditos de los productores y la subvención de un porcentaje de los costos de la prima al seguro agrario que tomen estos ante cualquier compañía de seguro. Con estas medidas se abarataría el costo financiero de los créditos, se agilizaría el trámite de los mismos y se reduciría la tasa de interés.
De igual manera, se ha podido modificar la operatividad del Certificado de Incentivo Forestal –CIF- para incentivar la reforestación en Colombia. En el mismo sentido, modificar la Ley 101 de 1.993, con el fin de darle una mejor utilización a los recursos del Incentivo de Capitalización Rural –ICR-, direccionándolos por subsector y por rubro de inversión.
Otra medida de gran impacto para el sector agropecuario, hubiera sido modificar la norma de la superintendencia financiera, en el sentido de establecer que los intermediarios financieros acepten como garantía admisible, el vuelo forestal y la producción agrícola. (Como se intentó en el pasado, y que por error de procedimiento, la Corte Constitucional la declarará inexequible).
Respecto al crédito de fomento, vemos que la banca privada está colocando a grandes productores, recursos propios con tasas más baratas que las redescontadas por FINAGRO. Si el Gobierno permitiera garantizar con el FAG estos créditos sustitutivos de la banca privada y reconocer el ICR a estas inversiones, se incrementaría la demanda de estos créditos y por ende se disminuyen las tasas de interés para los medianos y pequeños productores del campo.
Otras medidas de relevancia hubiese sido modificar el Decreto 312 de 1.991, que impide que el pequeño campesino se convierta en un empresario del campo, reclasificar los medianos y grandes productores por su volumen de ventas, eliminar las fracasadas y politiqueras UMATAS, crear los centros provinciales de educación técnica rural y centralizar en Corpoica todo el tema de agrobiotecnología. Nos tocara esperar otro desastre!
idangond@opeforestal.com