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Lo político y lo jurídico

Una decisión de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, por muy seria y documentada que sea, no debe, normalmente, poder cambiar el rumbo al país, pero un pronunciamiento de la Corte Constitucional sí y allí reside la esencia del asunto, por eso los sectores políticos partidistas libran reñidas batallas alrededor del tema.  Todo el mundo quiere una Corte afín con su ideología. Por un voto que integre una mayoría, lo que antes era ya hoy no lo es y probablemente no lo volverá a ser.

Por eso la reciente designación  del nuevo magistrado de la Corte Constitucional   situó nuevamente en primer plano un aspecto que solo se toca en estas coyunturas, es decir,   para llenar una vacante en esa corporación. Para entender bien de qué se trata, si esa Corte hace parte de la Rama Judicial – sería bueno repensarlo-, sus pronunciamientos y decisiones son del orden político porque interpretan y aplican normas de esa categoría. Nuestra carta magna se apellida Política, y eso no es un capricho; crea una distancia muy grande entre la materia de los  razonamientos, verbigracia,  de un magistrado de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia  y uno de la Constitucional. Mientras que el primero debe amarrarse a la tajante formalidad del derecho civil, circunscribiéndose a un campo muy específico, al otro le toca auscultar por fuera de lo inflexible, sincronizando el núcleo de la norma y la necesidad del bien común y lo social de derecho. 

Un ejemplo nos ilustra cabalmente: mientras que un juez civil ordena y obtiene, apegado estrictamente al derecho -justamente- el lanzamiento de una vivienda porque sus arrendatarios incumplen- otro funcionario, fallando como juez de amparo, de rango constitucional, puede disponer que a pesar de ese incumplimiento, lo que no se discute,  por encontrarse habitada  por niños inhibirá la orden de sacarlos y ordenará a quien corresponda enfrentar y solucionar, respetando todos los derechos. Aquí quedarían involucrados el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y una financiera oficial de vivienda. 

Miremos otro entorno que nos ayuda a dilucidar la cuestión: la familia es una creación política y las ciencias nada pueden hacer cuando por sentencia se determina una paternidad por encima de la prueba del ADN. Es que los vínculos predominantes son los que señala el derecho y no necesariamente la genética. 

Aquí me vienen a la mente las explicaciones de mis profesores al abordar el tema de las reglas del ser y del deber ser. En matemáticas dos más dos son cuatro, pero en derecho dos más dos deben ser cuatro. De otra manera todo homicida resultaría un delincuente y quien mata en legítima defensa definitivamente no lo es. 

Por: Jaime García Chadid.

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