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Lo declararon inocente de fraude procesal por caso de finca Casa Grande

La finca está en área rural de Becerril, en cercanía de la Loma de Calenturas. FOTO/REFERENCIA.

La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar tumbó el fallo condenatorio en contra de Darío Noel Dangond Martínez, tras absolverlo de haber adulterado un documento para pedir la restitución del predio Casa Grande, localizado en el municipio de Becerril, cerca del corregimiento La Loma de Calenturas, Cesar.

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La acción correspondió al análisis del fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito con función de Conocimiento el pasado 4 de agosto, en el que Dangond había sido declarado responsable de los delitos de falsedad en documento privado en concurso heterogéneo y de fraude Procesal.

La investigación devino de un proceso civil que Dangond Martínez inició para obtener la restitución de la finca Casa Grande. Para esto, allegó un documento de contrato de arrendamiento con opción de compra que aparentemente suscribió él como propietario con José Eduardo Mattos Liñán, como arrendatario.

No obstante  el señor Mattos Liñán enfáticamente niega que ello sea así, cuando se presentó a testificar en juicio donde afirmó que lo único que existió en relación a la finca Casa Grande, fue un contrato de compraventa, cuyo importe había cancelado en su totalidad, y que lo que estaba pendiente únicamente era el pertinente acto de escrituración. En contra de su posición se cuenta, dentro del compendio probatorio, con un documento público, debidamente ingresado por el abogado de la defensa”, reza el fallo del tribunal.

Además alegó que el documento de Dangond Martínez era falso dando así trámite al proceso penal por fraude procesal y falsedad en documento privado.  

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En ese sentido, comenzó en el año 2016 el largo proceso en los estrados judiciales penales de la ciudad cuyo juicio oral culminó el pasado 27 de julio, en el que se anunció el fallo condenatorio de primera instancia.

La juez condenó a Darío Dangond Martínez a 79,2 meses de prisión y una multa de 200 salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos.

En sus argumentos consideró que el contrato de arrendamiento con opción de compra del predio Casa Grande de Darío Noel Dangond presentaba irregularidades, dando así la razón al ente acusador.

Así pues, que la decisión fue apelada por el abogado defensor, Jaime Dangond Rodríguez, quien consideró que más allá de evaluar la veracidad del manuscrito investigado, la administradora de justicia se adiestró en otros asuntos relacionados con el proceso civil que se lleva por el terreno.

LA ABSOLUCIÓN

Ahora, al respecto el tribunal consideró que no existieron elementos materiales probatorios que ciertamente desvirtuaran que el manuscrito indagado fuera espurio y que en efecto solo existiera el contrato de compra venta citada por la contraparte.

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De una parte, porque ciertamente al tratarse de unos documentos eminentemente privados, no se utilizó por la delegada de la Fiscalía General de la Nación ninguno de los métodos de autenticación e identificación, previstos para esta clase de documentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 426 de la Ley 906 de 2004”, puntualizó la providencia, cuyo ponente fue el magistrado Diego Andrés Ortega Narváez.

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