En Colombia se ha adelantado una labor legislativa un tanto desarticulada con la realidad y las necesidades del país. La expulsión de normas del ordenamiento jurídico para evadir su adecuada reglamentación, o porque existen intereses particulares de por medio, es uno de los múltiples factores que nos han conducido hacia la distorsión del deber ser de las funciones del Poder Legislativo en el Estado colombiano.
Este factor, en mi concepto, está presente en el parágrafo 3° del Artículo 4° del Proyecto de Acto Legislativo No. 012 de 2017, correspondiente a la reforma política y electoral, a través del cual se pretende modificar el Artículo 108 de la Constitución, en donde el constituyente avaló a los movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos para inscribir candidatos de elección popular, tanto a nivel nacional como a nivel departamental y municipal. Hoy, esta reforma plantea restringir el campo de acción ciudadano, porque únicamente podrán postular, después del 31 de octubre de 2019, candidatos a nivel municipal y distrital.
Estoy totalmente de acuerdo con que se regule y se controle todo lo concerniente al proselitismo político, publicidad anticipada, competencia desleal y todo aquello que produzca de una u otra forma desventajas en la arena electoral, porque no está bien que en el desarrollo de campañas políticas haya desigualdad respecto a esto.
Llegar hasta el punto de ponerle fin a las candidaturas por firmas no es de un todo sano. Entonces, ¿Qué pasará cuando un grupo considerable de ciudadanos no se identifique con la baraja de candidatos, partidos y movimientos políticos que aspiren llegar a la presidencia? Eso constituye una restricción desproporcionada a la participación ciudadana, de ser aprobado este aparte del proyecto estaríamos frente a un retroceso, le estaríamos huyendo a la contemporaneidad de la democracia.
A lo largo del tiempo, se ha presentado que varias de estas candidaturas por firmas han sido utilizadas para lanzarse al debate y luego adherir a otras campañas en busca de puestos de escritorio, pasa, incluso, hasta en los partidos tradicionales y de larga trayectoria en la vida política del país, pero aquí no deberían pagar justos por pecadores, es por eso que la vía más conveniente es la de una regulación que esté a la altura del sistema político y de los componentes positivos y negativos que de él derivan. Una candidatura por firmas no sólo debe traducirse en burocracia, contrario sensu, ha de ser muestra de una alternativa política a la que uno o varios grupos mayoritarios de ciudadanos decidieron acudir en virtud de no estar en sintonía con, en el buen sentido de la palabra, las ofertas electorales del momento.
En vez de sacar del radio plebiscitario elementos que aportan a la fortificación del activismo ciudadano, hay que comenzar a mirar más allá. ¿Por qué no prohibir las aspiraciones a órganos de control de financiadores y directivos de campañas políticas? ¿Por qué no combatir de manera contundente la trashumancia electoral? O ¿Por qué no prohibir que un departamento se quede sin un mínimo de representantes en el Congreso de la República, como pasa hoy con La Guajira? Esto sería un buen punto de partida para empezar a hablar de reforma política en el país.
Uno de los argumentos que respalda la proposición es el de fortalecer los partidos y movimientos políticos. Estoy seguro que si no se relegan las candidaturas por firmas, y se trabaja en la mejoría de puntos como la financiación de campañas, la circunscripción nacional y el voto preferente, no sólo robusteceremos los partidos, movimientos y grupos significativos, también el pluralismo como eje constitucional.
ADENDA: con ocasión de los escándalos de corrupción que hoy zarandean al país, y la conmemoración de los 28 años de la lamentable desaparición del líder liberal Luis Carlos Galán, considero oportuno traer a colación uno de sus imperecederos pensamientos: “La justicia, como la libertad y la vida, tenemos que conquistarla todos los días. La lucha por estos ideales no termina nunca”.
@camilopintom
Por Camilo Pinto Morón