Por: Juan Camilo Restrepo.
En las pasadas elecciones se invitó a la ciudadanía de los departamentos de la costa atlántica a votar por la “Región Caribe”. Los resultados fueron abrumadoramente positivos. La iniciativa recaudó cerca de dos millones y medio de sufragios. Refleja un querer ciudadano que merece todo el respeto. Y denota un inequívoco anhelo de mayor autonomía por parte de quienes asintieron con la escueta papeleta que se les propuso.
Los impulsores de la iniciativa tienen ahora la responsabilidad de orientar a la ciudadanía costeña sobre lo que debe seguir en adelante.
Dentro del abigarrado menú de opciones para organizar las entidades territoriales que contempla el título XI de la Constitución Colombiana está prevista la figura de las regiones. Las cuales, a su turno, pueden ser de dos categorías: las regiones- entidades políticas y las regiones de planificación.
Para desarrollar este menú se requiere previamente la expedición de la LOT (La ley de ordenamiento territorial) que ordenó la Carta del 91, y que aún no se ha adoptado.
La organización del primer tipo de regiones (las regiones como entidades políticas territoriales) implicaría una aparatosa organización burocrática que supone la creación de una superasamblea regional, una supergobernación regional, una supercontraloría, y en fin, una gigantesca organización administrativa que tendría que crearse- a altísimos costos presupuestales- sobre los escuálidos hombros de los departamentos que conformen el territorio de estas regiones.
Podría suponerse que la creación de este tipo de regiones no es la que esta en la mente de los promotores. Sería una carga fiscal insostenible e inútil que se descargaría sobre los actuales departamentos y municipios sin propósitos concretos. Simplemente se les sobrepondría una agobiadora carga burocrática.
Tampoco es de suponer que lo que tienen en mente los impulsadores sea acabar con la institución departamental y sustituirla por la de las regiones- entidades territoriales. Buena parte de los departamentos colombianos están cumpliendo por esta época más de un siglo de existencia. Y entre la ciudadanía se ha creado un sentimiento de pertenencia departamental que sería bien difícil sustituir por el de región.
El segundo tipo de regiones son las denominadas “regiones de planificación” que no tienen la categoría de entidades territoriales con carácter político. Pueden funcionar con una estructura más ligera y sencilla desde el punto de vista burocrático, y cumplen labores más precisas: planificar las inversiones que interesan a más de uno de los departamentos que conforman este tipo de región. Estas regiones guardan semejanzas con los “CORPES” que funcionaron hace algunos años que tenían precisamente esa finalidad: ocuparse, desde un punto de vista estrictamente técnico, de la planificación de las inversiones que interesaban a más de uno de los departamentos colindantes.
Así las cosas, lo lógico, después del voto que se registró por la “Región Caribe”, es la creación de la forma más sencilla – pero también más útil- de las regiones previstas en la Constitución: aquellas que tienen fines de planificación.
¿Para hacer qué? Para gestionar con mayor autonomía asuntos de interés regional; y para que todo no se los decidan en Bogotá como está aconteciendo.
El caso de la discusión reciente sobre si se justifica o no un nuevo aeropuerto entre Barranquilla y Cartagena es el típico ejemplo de un asunto regional. Que debería ser resuelto por las instancias de los departamentos de la región Caribe y no por las oficinas bogotanas. Las autoridades del Atlántico, de Bolívar y del Magdalena ya se han pronunciado en contra. Y, sin embargo, las de Bogotá has salido a decir todo lo contrario. La organización de las regiones de planificación debería evitar este tipo de cacofonías.