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La sociedad abierta de los intérpretes constitucionales

A propósito de la conmemoración de los 30 años de nuestra Constitución Política de 1991, me encontraba releyendo la obra de Peter Häberle y me propuse exponer de manera muy breve algunas reflexiones al respecto.

El jurista alemán Peter Häberle en su texto ‘La sociedad abierta de los intérpretes constitucionales’ entiende la interpretación constitucional como un ejercicio amplio, pluralista e incluyente de distintos actores de la sociedad.

El texto del autor promueve la democratización de la interpretación constitucional frente a la concepción tradicional de una “sociedad cerrada”. El autor a partir de valiosas reflexiones en el texto invita a superar concepciones mezquinas, excluyentes y egoístas alrededor del constitucionalismo.

La interpretación constitucional no gira exclusivamente en torno a las apreciaciones de los poderes vinculantes (legisladores, ejecutivo y jueces), sino que abarca a los más variados sujetos de la sociedad civil como ciudadanos del común, medios de comunicación, estudiantes, colegios, universidades, organizaciones de la sociedad civil, defensores de Derechos Humanos, entre otros.

Los planteamientos de Peter Häberle son de inmensa relevancia fáctica y jurídica, pues representan posiciones que involucran realidades sociales, políticas, económicas y culturales, así, por ejemplo, cuando una norma constitucional afecta la vida de los ciudadanos, estos ciudadanos hacen una interpretación de la norma según sus realidades.

En este sentido, la interpretación constitucional se hace presente en sociedades abiertas desde un punto de vista axiológico, debido a que el ordenamiento jurídico regula la vida social afectando las conductas, los valores y los comportamientos de las personas obligadas al cumplimiento de las normas.

La defensa de Peter Häberle de un constitucionalismo abierto e incluyente tiene una enorme vigencia en la jurisdicción constitucional de muchos países y en los sistemas internacionales de protección de los Derechos Humanos, pues, si revisamos el uso de la figura Amicus curiae, podemos señalar que las presentaciones de terceros que ofrecen sus opiniones e interpretaciones frente a los tribunales y cortes son ampliamente utilizadas y se mantienen vigentes en la actualidad.

Así, por ejemplo, en las sentencias de constitucionalidad de la Corte Constitucional de Colombia es muy común observar el uso de la figura Amicus curiae cuando el máximo tribunal constitucional invita a universidades, medios de comunicación, docentes, asociaciones de víctimas, grupos ciudadanos, defensores de derechos humanos y a grupos representativos a brindar sus apreciaciones sobre los asuntos a tratar, facilitando interpretaciones constitucionales amplias y diversas que incluyen a distintos actores de la sociedad.

El constitucionalismo frente a una sociedad abierta permite nutrir el debate público, crear disensos y consensos, y fomenta la inclusión de grupos sociales que históricamente han sido excluidos.

Por último, bajar la interpretación constitucional del pedestal de la exclusividad y las sociedades cerradas ayuda a la construcción de una mejor democracia.

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José Ángel González Cruz: