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La perversidad del ingenio en los suplementos nutricionales

Que en Chimichagua una mujer asegure ser la madre de 172 niños y niñas de ese municipio para obtener la entrega de raciones de alimentos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, dentro del programa de canastas nutricionales de esa entidad, además de ser una bajeza es una conducta irregular.

Este tipo de programas de canastas nutricionales a través de los cuales se entregan raciones alimentarias, tienen como beneficiarios a los niños y niñas entre cero y cinco años en riesgo o estado de desnutrición y a las madres gestantes y lactantes, con el fin de mitigar el riesgo de mortalidad infantil por desnutrición y el de la morbilidad de las madres en periodo de gestación y lactancia. Lo mínimo para acceder a ellos es tener la condición de beneficiarios, es decir, tener el derecho de verdad y no a través de una suplantación.

Nada peor que apelar al ingenio para recibir como beneficiario los suplementos o complementos alimentarios nutricionales, cuando incluso desde su contratación lo único que debe caber es que se contraten productos que cumplan con los estándares de la calidad nutricional exigida; tampoco debe tener cabida la entrega de suplementos o complementos alimentarios nutricionales con un gramaje inferior al exigido o contratado en el marco de la correspondiente ficha nutricional.

Quiénes serán los brutos que todavía no entienden que las estrategias para mitigar la inseguridad alimentaria y nutricional que crean los gobiernos del orden nacional, para los grupos de población en condiciones de vulnerabilidad, no pueden ni deben ser objeto de actos de corrupción.

Es más, en toda contratación de suplementos o complementos alimentarios nutricionales, la claridad debe partir desde los precios reales de mercado como paso previo a la contratación, es un asunto donde no caben los sobrecostos (sobreprecios) y donde solo es posible el costo real del negocio proyectado, es decir, el valor de las cosas o servicios que se van a contratar teniendo en cuenta las diversas variables tales como cantidad, calidad, especialidad y momento.

Este tipo de contrataciones que involucran niños en riesgo o estado de desnutrición y a madres gestantes y lactantes implica tener supervisores o interventores con real capacidad de vigilancia de la ejecución del contrato de suministro de suplementos y complementos alimentarios y que verifiquen con facultades plenas que estos sean entregados a los reales beneficiarios. A quién se le ocurre meterle muertos a la condición de beneficiarios y más aún si son menores fallecidos; ¡barbaros!, verdaderos genios de la corrupción.

Cuántos de estos usurpadores, disfrazados de beneficiarios, entenderán que cuando hacen sus hazañas, no están llevando a cabo actos de genialidad que deban ser aplaudidos; cuántos realmente entenderán que sus bajezas hacen daño y hasta deslegitiman los programas que surgen de las políticas públicas de corte nutricional.

Así como nadie quiere contratistas bandidos afectando la calidad y las cantidades de los productos que se entreguen a partir de políticas nutricionales que involucren niños y madres gestantes y lactantes, tampoco se quiere a suplantadores disfrazados de beneficiarios. Pero ojalá tampoco siga dándose la presencia de personas nacidas en la región Caribe, en cualquiera de los municipios de nuestros departamentos, que como beneficiarios de políticas como las descritas en esta columna, además de ladrones lo hagan desde la condición de bufones.

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Jose Antonio Soto Murgas: