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La moralidad administrativa

Es evidente que la Administración Municipal que fiscaliza e interviene el espacio público y que está al tanto del perjuicio incalculable del pago de impuestos manifiestamente contrarios a la ley, además de estar incursa en omisiones de índole disciplinaria, tampoco ha respondido a los principios de buena fe, lealtad, legalidad, justicia y respeto a los preceptos de índole superior que delimitan sus actuaciones y que por tanto deben cumplir de manera eficiente e impostergable.

No tiene ningún objeto que la comunidad aúne sus reclamaciones en innumerables quejas por violaciones a las disposiciones del espacio público, por falta de control físico urbano y rural, de oídos sordos a la urgente modificación del POT, cuando de manera dolosa la Administración no ejercita su accionar y negligentemente actúa frente a hechos que con el tiempo se traducirán en patéticas violaciones a las normas de carácter superior.

No me explico cómo admite la Administración, como lo hizo en este Diario, declarando que de 10 intervenciones urbanísticas 7 son ilegales, a sabiendas que por su falta de autoridad, ninguno de los 7 pagan impuestos, ni tramitan licencias y los mismos 7 permanecerán en riesgo de pérdida de vidas humanas por el probable incumplimiento de las normas sismo resistentes; igualmente por falta de autoridad ocurre el cubrimiento de los antejardines que se traducen en detrimento ambiental que posteriormente debe asumir la Administración de comprobarse estos hechos.

Y ni de qué decir de las obligaciones urbanísticas; hay pruebas contundentes de las advertencias que se le han hecho al alcalde al respecto de su ilegal recaudo, y aun así, permanece incólume, sin que sus asesores jurídicos investiguen los hechos a fin de conocer sobre las onerosas consecuencias de este nefasto tributo, que si bien es cierto no fue creado en esta Administración, no quiere decir que no sea obligación de la Alcaldía operar eficientemente en la búsqueda de su eliminación, puesto que todo indica que ese impuesto es violatorio de la ley como lo podemos comprobar: durante su trámite no se cumplió con la metodología exigida; no se justificó su proyección en el documento técnico soporte; las cesiones obligatorias de los terrenos solo se pueden requerir por medio de licencias de urbanismo y no por licencias de construcción, como se está imponiendo; las cesiones obligatorias solo se pueden exigir a través del tratamiento de desarrollo y no mediante tratamientos de consolidación y renovación urbana como se está cobrando; y adicionalmente se está pagando dos veces sobre un mismo hecho generador como se hace, al pagar paralelamente el impuesto de delineación urbana.

Yo no creo que estas situaciones no sean ampliamente conocidas por el alcalde, porque es claro que las conoce; tengo más de un año de estarlas denunciando públicamente porque la ciudadanía sabe lo que está sucediendo alrededor del famoso impuesto que ha causado el desacato de los contribuyentes incentivando el desistimiento masivo de solicitudes de licencias urbanísticas y el detrimento económico por evasión, cuyas consecuencias con toda seguridad tarde o temprano el Ministerio Público tendrá que evaluar.

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