El Congreso de la República mediante Acto Legislativo número 1 de 2007 decretó la figura de la moción de censura, que consiste en la facultad que tanto el Legislativo, como las Asambleas y los Concejos Distritales y municipales, de promover una iniciativa contra Ministros, Superintendente, Directores de Departamentos Administrativos, Diputados y Concejales que, habiendo sido citados a los debates sobre temas relacionados con su gestión, no asisten, y de ser aprobada, significa la separación del cargo por parte del servidor público.
Aparentemente con este mecanismo, se conseguiría darle mayor seriedad a los debates que se promueven en el seno de dichas corporaciones, obteniendo las explicaciones que se les exigen, y evitando los frecuentes aplazamientos de los debates, porque el servidor público citado, se excusa a última hora, dejando a la Corporación “como las novias de Barrancas”.
No obstante, esta exótica figura no ha cumplido con su cometido, y basta hacer un balance sobre su efectividad, para darnos cuenta que solo ha servido para tres cosas…. (¿?), y para comprobarlo basta con ver las estadísticas, en las cuales figuran un puñado de servidores contra los que se ha iniciado este novedoso mecanismo, sin ningún resultado plausible a la fecha. La razón no es otra distinta a los requisitos que se exigen para su trámite, que la convierten en inoficiosa. Veamos: i) En primer lugar la iniciativa de moción debe contar con el 10% de los corporados. ii) Ser aprobada por la mitad más uno de los corporados, y iii) Porque cuando el ambiente es favorable a la iniciativa, entonces el servidor es removido por su nominador (Presidente, Gobernador o Alcalde), dando al traste con las intenciones de separarlo del cargo.
En este orden de ideas, fenómenos como el ausentismo, el amiguismo, las componendas políticas, y un largo etcétera, dan al traste con su efectividad. Los partidos minoritarios-Léase de oposición-, con frecuencia se ven frustrados e impotentes, por el reiterado incumplimiento de los servidores citados a debate, sin poder separarlos del cargo, por esta vía, porque reitero, los requisitos legales conspiran con su eficacia convirtiendo la figura de la moción de censura, en un saludo a la bandera. Por iniciativas legislativas como esta, sumadas a las que tienen por finalidad rendir honores, los “honorables” justifican sus elevadas dietas parlamentarias por valor de 28 millones de pesos mensuales sin incluir los gastos de representación y primas, que salen del bolsillo de nosotros los contribuyentes. ¡Qué horror!
Por Darío Arregocés
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