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La Globalización del Derecho

Por Carlos Guillermo Ramírez Araújo

La internacionalización o globalización de los mercados, ha traído como consecuencia también la internacionalización o Globalización del Derecho, es así como el Derecho ha tenido que asimilar aceleradamente las nuevas exigencias de la convivencia social, que van desde las relaciones comerciales, las relaciones entre el Estado y los ciudadanos,  hasta  las relaciones familiares.  

La Mundialización del derecho conduce entonces, a la transformación del mundo de lo jurídico,  de la justicia, pero ante todo,  al surgimiento de nuevas vertientes del derecho, sobre la  base,  que es a través de un marco normativo justo y equitativo que se alcanza convivencia social y muestra de ello, es que a partir de la búsqueda de la satisfacción de necesidades básicas se encuentran respuestas a través de normas que protegen desde los intereses individuales  hasta los intereses colectivos (Derecho a  la vida, derecho a la paz, derecho a la educación, a la  salud,  a una vivienda digna, derecho a un medio ambiente sano) etc.

Y es que estas respuestas no significan cosa distinta,  que construir derecho a  través de normas de obediencia colectiva o general que reflejan las características propias de una comunidad o sociedad. 

En consecuencia, el  derecho no sirve apenas para asegurar y consolidar los cambios sociales previos, es decir, no es solamente un instrumento para dar estabilidad a los sistemas sociales, sino que también promueve la transformación y el cambio social; por consiguiente el derecho debe ser el instrumento que contribuya a hacer mas fáciles y fluidas las relaciones sociales de todo orden, pero más allá de todo, la ambición más grande es afrontar el desafió de adecuarse a esos cambios de la globalización, ya que la actualización y modernización del ordenamiento jurídico es una necesidad ineludible, porque vivimos en un mundo que se globaliza en lo económico, en lo social, en lo cultural.

Hay una creciente interdependencia ente los distintos países en el ámbito mundial, una amplia apertura al contexto externo, una presencia cada vez mas activa de un conjunto de agentes trasnacionales en la sociedad y en la economía; transacciones financieras internacionales, incrementos en la inversión extranjera, el auge del mercado tecnológico y robótico, la acentuada la protección nacional e internacional de los derechos humanos que constituyen el eje central de todo sistema de derecho.

En suma, el derecho no le queda otra alternativa distinta a la de actualizarse, apoyándose en principios regionales, nacionales y universales subyacentes de la misma transformación de la sociedad y de sus costumbres.

Ahora surge preguntarnos todos los días, los profesores, sí ¿estamos orientando nuestra cátedra a la formación de profesionales con estas tendencias? y a su vez los estudiantes preguntarse a sí mismos, ¿la orientación de sus docentes está a tono con esas nuevas tendencias?

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