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La garantía es una obligación del concesionario y la marca

La ley del consumidor dice que el productor (importador o ensamblador) y el concesionario deben responder solidariamente por la garanta del vehículo.

En la práctica (como quien dice, ¨tras de bambalinas¨) las cosas no son tan sencillas, porque las obligaciones derivadas de la garantía se traducen en que alguien tiene que poner la money, el parné o el machín para cubrir el costo de la reparación por garantía, o por la sustitución o la devolución del precio del semoviente, y a veces las marcas le dicen al concesionario que vea a ver lo que hace con su cliente, mientras que éste le dice a la marca que no es su culpa que el vehículo que le vendió haya resultado defectuoso, y que por tanto no tiene que poner ni un peso.
En ese sordo debate el consumidor queda en la mitad del sándwich, mientras escucha del concesionario que el vehículo no ha llegado por culpa de la marca, o que la reparación está en consulta para saber si aplica o no la garantía, o que ya hicieron el pedido de los repuestos pero la marca no los ha despachado.
Si pudiera escuchar la versión del productor, le dirían que el concesionario le ofreció entregarle el vehículo nuevo en un plazo imposible de cumplir, o que por un error en el diagnostico los repuestos que pidió no corresponden a la falla, o que es el concesionario quien debe explicarle con el semoviente en frente porqué el dañó no está cubierto por la garantía.
Finalmente, el concesionario o la marca deciden que-sea como sea-hay que responderle al cliente por las obligaciones derivadas de la garantía, y hace lo necesario para solucionar el inconveniente, dejando para mejor ocasión sacarse los trapitos al sol con la marca, por ejemplo: en la convención Anual de Cartagena.
Y más les vale que uno de los dos decida darse el lapo, porque detrás de ambos (como una figura siempre presente en la penumbra), está la Superintendencia de Industria y Comercio, que conoce muy bien el principio de que tanto el productor como el proveedor son responsables frente al consumidor, sin más cuentos.
La solidaridad, aunque no lo dice la ley del consumidor, también debe existir entre la marca y sus concesionarios, para que la otra funcione bien.
Rodrigo Bueno Vásquez
Derecho del Consumidor de vehículo

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