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La denuncia penal y Uribe mediático

Todo ciudadano tiene el deber constitucional y legal de denunciar ante la autoridad competente los hechos presuntamente delictuosos de cuya comisión tenga conocimiento y que deban investigarse de oficio. Este deber es inexcusable y tiene sustento constitucional en los mandatos de obrar conforme al principio de solidaridad social y el buen funcionamiento de la administración de justicia y como expresión de los deberes sociales de las personas.

Ahora, en el código penal Colombiano como bien jurídicamente tutelados se encuentran los delitos contra la eficaz y recta administración de justicia, entre ellos el de falsa denuncia que consiste en denunciar bajo la gravedad del juramento una conducta típica que no se ha cometido. Asimismo el delito de falsadenuncia contra persona determinada que radica en denunciar a una persona de un delito que no ha cometido o en cuya comisión no ha tomado parte incurriría en mínimo cinco años de prisión.

Igualmente, existe la conducta punible de omisión de denuncia de particular que hace relación al que tiene conocimiento de la comisión de un delito por ejemplo de lavado de activos, testaferrato, omitiere sin justa causa informarlo de manera inmediata a la autoridad competente.

El ciudadano Alvaro Uribe Vélez, expresidente de Colombia y senador electo, como el que más tiene aquellos deberes y solo le bastaba hacer una relación jurídica relevante de unos hechos que revistan las características de un delito. Nada más, pero nada menos y si contaba con evidencias o datos concretos que pudieran encauzar la investigación mucho mejor.

Uribe es abogado y elementalmente conoce que podía acudir, sin aspavientos a una Unidad de Reacción Inmediata –URI- de la Fiscalía General de la Nación y verbalmente o por escrito formular la denuncia correspondiente, relacionada con ingreso o no de dineros de dudoso origen para dizque cubrir gastos de deuda de la campaña del Presidente Santos. Pero no, ofreció el espectáculo político de revelar su talante pendenciero y no solo enunciar con bombos y platillos conocer de una información de comportamientos presuntamente delictuosos, sino rehuir ese deber constitucional y legal cuando se le cita ante la entidad competente para que lo hiciera y no dar un mal ejemplo a todos sus compatriotas.

Básico conocer por Uribe que el único órgano encargado de la persecución de los delitos en Colombia es la Fiscalía General de la Nación, por manera, no podía anunciar que las evidencias, elementos materiales probatorios o información legalmente obtenida, con las que dice contar, las entregaría ante el Procurador General de la Nación, que no es un servidor judicial, no tiene competencia para investigar delitos y que solo es la cabeza de un órgano de control que investiga y sanciona faltas disciplinarias.

Por supuesto que la coyuntura electoral, la procura el mediático Uribe como instrumento de punzante diversión electorera. Asistió a la Fiscalía como vedette público, asumió la postura de no declarar bajo la gravedad del juramento y plantea -como dislate jurídico por no ser parte ni interviniente de la actuación penal- la curiosa invitación de impedimento del Fiscal y del Vice fiscal General de la Nación, adicionalmente reclama falta de garantías ¡Qué horror!

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Hugo_Mendoza: