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La demanda que trasnocha a la Clínica del Cesar

Cuando la menor estaba en la UCI de la Clínica Cesar presentó paro respiratorio y paro cardiaco, debido a la falla mecánica que presentó el ventilador al que estaba conectada, eso le produjo lesiones neurológicas por la hipoxia cerebral.

La vía jurídica fue la única opción que encontraron dos entidades prestadoras de servicios de salud en el Cesar para resolver una sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, que las condena como responsables de causarle encefalopatía por hipoxia a una menor de edad en mayo de 2005.

La afectada fue una niña remitida de la Fundación Médico Preventiva a la Cínica del Cesar, para practicarle una cirugía de corrección de hernia diafragmática izquierda; acto quirúrgico que transcurrió sin complicaciones, por lo que una vez valorada por el cirujano pediatra este ordenó su internamiento en la Unidad de Cuidado Intensivos de la entidad en la que se realizó el procedimiento.
Según la historia clínica, incluida en el expediente de la demanda interpuesta el 23 de mayo de 2014, en contra de la Fundación Médico Preventiva S.A. y la Clínica del Cesar LTDA., en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión de Valledupar, cuando la menor estaba en la UCI de la Clínica Cesar presentó paro respiratorio y paro cardiaco, debido a la falla mecánica que presentó el ventilador al que estaba conectada, lo cual le produjo lesiones neurológicas por la hipoxia cerebral, siendo diagnosticada con encefalopatía por hipoxia, que es una lesión cerebral secundaria a disminución o ausencia de oxígeno.

En el documento anexo a los antecedentes de la demanda, indican que la infante durante sus primeras horas en la Unidad de Cuidados Intensivos evolucionó de manera satisfactoria, pero a las 4:00 de la tarde se evidenció la falla en el ventilador, consignándose que la paciente no estaba asistida por el equipo, sin que de allí se deriven datos de monitorización que den cuenta del descenso en la frecuencia cardiaca o de medios de la saturación de oxígeno. Como tampoco hay evidencia que los equipos para el monitoreo de la paciente funcionaran adecuadamente o estuvieran programados para alertar alguna falla, lo que mostró el incumplimiento de las obligaciones de seguridad que le competían a la clínica. Añade que la falla en la monitorización se agravó teniendo como base que la niña se encontraba sedada plenamente, lo que le impedía una respiración espontánea y requería de asistencia respiratoria, por lo que al fallar el equipo que le ventilaba su frecuencia respiratoria bajó a cero, desconociéndose el tiempo que estuvo en este estado pues las notas de la historia clínica tienen un lapso de 30 minutos.

Después de sucedido los hechos anteriormente descritos, la Fundación Médico Preventiva remitió a la menor a la Fundación Cardio Infantil en Bogotá, siendo a su vez remitida al Centro Nacional de Rehabilitación Teletón en Chia, Cundinamarca, donde continuaron con su atención por el cuadro clínico que presentaba a causa de la hipoxia cerebral que sufrió. Pero desde el 2007, la Fundación Médico Preventiva le ha negado a la menor el tratamiento integral que requiere.

La demanda dice además que el núcleo familiar de la niña, compuesto por su madre, tíos, abuelo, entre otros, sufrieron daños y perjuicios al verla en dicha situación, que le impedirá desarrollar las actividades normales de una persona de su edad, como tampoco podrá laborar cuando sea adulta.

En la imputación de cargos, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión, advirtió que (…) se dan todos los elementos de la responsabilidad como son el daño, el nexo causal y la culpa, por tal razón las excepciones de mérito propuestas por los demandados se declaran infundadas, pues se encontró que la Clínica del Cesar Ltda., y la Fundación Médico Preventiva S.A., son responsables solidariamente por los daños causados a la menor.

Por tanto, el ente judicial resolvió en primera instancia declarar civilmente responsable a la Clínica del Cesar Ltda. y de manera solidaria a la Fundación Médico Preventiva S.A., por los daños causados a los actores (afectada y familiares), como consecuencia de la hipoxia cerebral sufrida por la niña.
De igual manera, declaró no probadas las excepciones de mérito propuestas por los demandados de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
Finalmente, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión ordenó a la Clínica del Cesar y de manera solidaria a la Fundación Médico Preventiva el pago de 11 millones 300 mil pesos, a favor de la Clínica Universidad de la Sabana, y/o a favor de otra clínica de iguales condiciones, para que fueran pagados los servicios de terapias de rehabilitación integral que suministren a la menor (…); también la suma de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, los cuales se le entregarán mensualmente a la representante legal de la menor, durante todo el tiempo de vida de la menor.

Y en la modalidad de lucro cesante, pagar 123 millones 988 mil 960 pesos; de la misma manera, pago por perjuicios no pecuniarios en la modalidad de daño moral a familiares de la menor por cuantía de 240 millones de pesos; y en última instancia desembolso por daño a la vida de relación, monto por 180 millones de pesos, 90 para la menor y la misma cantidad para su madre y otros.

Pero la Clínica del Cesar Ltda., no aceptó la decisión y apeló el fallo, que en segunda instancia fue evaluado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, bajo la ponencia de la magistrada Susana Ayala Colmenares, quien finalmente resolvió revocar la condena impuesta de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes a título de daño emergente futuro, pero en lo demás confirmó la sentencia proferida el 23 de mayo de 2014 por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión de Valledupar.
Además condenó en costas (es la condena accesoria que impone el juez a la parte totalmente vencida en un proceso o en una incidencia, de resarcir al vencedor los gastos que le ha causado el proceso) de la instancia a la parte demandada (Clínica del Cesar LTDA. y Fundación Médico Preventiva S.A.). Como agencias en derecho se fijó la suma de 12 millones 600 mil pesos.

Firmaron la sentencia los magistrados Susana Ayala Colmenares (ponente), Álvaro López Valera y Marly Alderis Pérez Pérez. La decisión se emitió el 25 de agosto de 2016.
Hasta ahí, la Clínica del Cesar consagró aceptar la sentencia y crear una fiducia para cancelar por los perjuicios que había ocasionado a la menor y a su núcleo familiar, indemnización que asciende a los 560 millones de pesos. Pero no era solo esta clínica, el Tribunal condenó “de manera solidaria” a la Fundación Médico Preventiva por los daños causados.

Aunque la Clínica Cesar abonó el 21 de septiembre del 2016, a las cuentas del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión de Valledupar, la suma de 556 millones 589 mil pesos, según el médico pediatra Eugenio Díaz Hernández, presidente de la junta directiva de la Clínica del Cesar, “pagó la totalidad de lo que dijo la Juez y además creó una fiducia para pagar los cuidados médicos de la niña. Cumplimos, es más, pagamos el 50 % que le correspondía a la Fundación Médico Preventiva para no tener ningún problema”.
Pero mientras la Clínica del Cesar hacía el pago, la Fundación Médico Preventiva interpuso una demanda contra esta, un tema que según Eugenio Díaz Hernández vincula a Jaime Arce García, accionista mayoritario de las clínicas Laura Daniela y Santa Isabel en Valledupar.

“Esa demanda tiene un objetivo y es arrinconar a la clínica desde el punto de vista económico, para ver si puede hacerse con la clínica un personaje que en Valledupar se llama Jaime Arce García”, denunció el presidente de la junta directiva de la Clínica del Cesar, que tiene actualmente 20 socios.
Advirtió además que Arce García “quiere meterse a la clínica en esa forma tan baja, de comprar un pleito para poder entrar por un lado. Él nunca formalmente ha dicho que quiere ser socio, la forma es en la que estamos planteando”.

Dijo Díaz Hernández que aunque las pretensiones iníciales de la Fundación Médico Preventiva eran de 12.000 millones de pesos, después presentaron una reforma a la demanda que estipularon en 7.000 millones de pesos.
“El caso que ellos demanden no significa que vayan a ganar, nosotros en derecho ganamos esa demanda”, señaló Eugenio Díaz Hernández, quien destacó que la parte demandante realizó unas medidas cautelares en las que advierten en la Cámara de Comercio que la Clínica del Cesar tiene la mencionada demanda.

“Todo eso hace parte del plan que tiene Jaime Arce; nosotros no podemos permitir que el señor Arce se haga a una institución de salud como la Clínica del Cesar, que es la única que le falta, para formar un monopolio. Eso sería grave para la sociedad en el Cesar y no lo vamos a permitir”, puntualizó Díaz Hernández.

Punto de quiebre
Una vez el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar falló en segunda instancia el caso, a favor de la menor que padece encefalopatía por hipoxia y su núcleo familiar, la Fundación Médico Preventiva presentó una primera demanda ante el Juzgado Penal del Circuito de Valledupar, en cabeza del abogado Rodrigo Paúl Jiménez Martínez, contra la Clínica del Cesar por “verbal de mayor cuantía”, con el fin de lograr de la entidad demandada el cumplimiento del contrato celebrado con la Fundación Médico Preventiva, así como con la correspondiente indemnización de perjuicios a que hubiera lugar, derivados del incumplimiento del contrato.

A través del documento, la Fundación Médico Preventiva pretendía que la Clínica del Cesar le pagara una suma de 12.000 millones de pesos, teniendo en cuenta la decisión adoptada por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Descongestión.
Sin embargo, la Fundación Médico Preventiva presentó después una reforma a la demanda, en la que bajó las pretensiones monetarias de 12.000 a 7.000 millones de pesos.
Demanda que se da después de que la Clínica del Cesar, en cumplimiento al mandato de sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, pagó el 21 de septiembre de 2016 la suma de 556 millones 589 mil de pesos, que depositó vía giro electrónico a una cuenta del Juzgado Civil del Circuito de Valledupar.

El abogado Ramiro Bejarano, representante de la Clínica del Cesar, explicó a EL PILÓN que la Fundación Médico Preventiva dos días después del pago hecho por sus defendidos, presentó un acuerdo de pago entre los demandantes (padres de la menor) y ellos, en el que advirtió se hacía “para poner fin al proceso adelantado” por la madre de la menor afectada contra la Clínica del Cesar y ellos.
Según el documento fechado el 23 de septiembre de 2016, la Fundación Médico Preventiva había pagado las obligaciones de 7.000 millones de pesos a las víctimas de la siguiente manera: 2.400 millones de pesos como indemnización por concepto de perjuicios materiales o inmateriales y costos procesales (…); además, entregó 4.600 millones de pesos, “cancelados en especie”, mediante la prestación de atención médico-integral que conlleva a la rehabilitación de la menor cuyos servicios, conforme a la petición hecha por las víctimas, que prestará la IPS Clínica Laura Daniela (de la cual es dueño Jaime Arce García), o cualquier otra IPS que esta autorice y que cumpla integralmente con las calidades de prestaciones de servicio de salud (…).

EL PILÓN en cumplimiento de los principios básicos del periodismo y de sus políticas editoriales, intentó confrontar esta información con Jaime Arce García, pero no fue posible contactarlo. Incluso, se acudió a la asesora de comunicaciones y se llamó a la gerente de la Clínica Laura Daniela, pero no hubo respuesta.
De igual manera, este medio visitó en Valledupar la oficina del abogado Rodrigo Paúl Jiménez Martínez, encargado de la demanda de la Fundación Médica Preventiva contra la Clínica del Cesar, pero estas permanecían cerradas.

Así las cosas, los directivos de la Clínica Cesar aseguran que cumplieron con las decisiones judiciales en su momento, pero los invade la incertidumbre de lo que podrá pasar con las pretensiones de los dueños de la Fundación Médico Preventiva.

Por Carlos Mario Jiménez
Carlos.jimenez@elpilon.com.co

“Esa demanda tiene un objetivo y es arrinconar a la clínica desde el punto de vista económico, para ver si puede hacerse con la clínica un personaje que en Valledupar se llama Jaime Arce García”: Eugenio Díaz Hernández.

 

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