El Tribunal Administrativo del Cesar dictó sentencia dentro del proceso de nulidad electoral en contra del exdiputado del departamento, Jairo Gómez Cervantes por presunta doble militancia en los partidos U y Cambio Radical por el que ejerció la función pública.
Según la decisión proferida por Edwin Amaya Fuentes, al momento del exdiputado inscribirse como candidato a la Asamblea del Cesar por el partido Cambio Radical incurrió en la prohibición de doble militancia por la pertenencia a dos agrupaciones políticas y adherirse a un cargo del partido Cambio Radical sin antes haber renunciado al Partido de la U.
Jairo Gómez fue quien sucedió al diputado Julio César Casadiegos durante su suspensión y de no apelar la decisión y salir victorioso de este proceso, no podría ejercer como diputado en caso de una próxima sanción de un diputado del partido Cambio Radical.
Así lo declara la conclusión que resuelve que el acto de elección contenido en la resolución número 218 del 20 de octubre de 2016, a través del cual se ordenó a Jairo Gómez suplir la vacancia del cargo del diputado de la Asamblea en reemplazo de Casadiegos, queda anulado.