La Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar, impuso medida preventiva a las propietarias Cenaida Alvis y Libia Alvis consistente en suspensión inmediata de las obras civiles en el Cerro Hurtado, en Valledupar, debido a que la entidad evidenció que dichas obras se ejecutan fuera del área autorizada y delimitada como de su propiedad, la cual corresponde a zona no autorizada y que afecta el área de reserva.
Mediante la resolución 038 de 01 julio de 2022, la entidad dio respuesta al informe técnico realizado por la Inspección Primera de Policía de Valledupar y la Oficina de Planeación Municipal, el 21 de febrero de 2022, donde solicita pronunciamiento de parte de Corpocesar y la Secretaría de Desarrollo Económico, Medio Ambiente y Turismo, con el fin de determinar el impacto ambiental de las obras en áreas de reserva ecológica.
En concordancia con lo anterior, la autoridad ambiental a través del acto administrativo reveló que “al realizar el ejercicio planimétrico de superposición del plano Tipo A-105 con el plano topográfico se evidencia que se han intervenido (excavado) áreas no autorizadas, evidenciándose que en el sector norte de la intervención que se realiza al predio en análisis, presenta zonas de excavación no autorizadas de 19, 54 m2 para un área total de excavaciones no autorizadas de 78.19 m2”.
El acto administrativo también señaló que la condiciones y afectaciones ambientales de la zona impactan en áreas que gozan de especial protección como reserva a los bosques tropicales contenidas en el territorio del cerro Hurtado.
“Estos hechos infringen normas de carácter ambientales los cuales se originan al vulnerar los límites establecidos en la licencia de construcción en la modalidad de obra nueva mediante la resolución No 20001-1-21-0662 del 26 de julio de 2021, expedida por la Curaduría Primera de Valledupar”, según indicó el documento.
Según la entidad, lo anterior permite evidenciar de manera contundente que el titular de la licencia viene vulnerando las normas urbanísticas pero con mayor quebrantamiento el ordenamiento ambiental y ecológico al intervenir áreas por fuera de lo autorizado, áreas pertenecientes a la reserva ambiental del cerro Hurtado.
“Lo cual constituye un agravio al medio ambiente con la afectación al bien protegido por esta CAR, mediante la resolución No. 098 del 02 de marzo de 2020, CORPOCESAR en la cual adoptó los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas, entre estos el POMCA del río Guatapurí, en la cual se incorporaron determinantes ambientales de obligatoria observación”, se lee en la resolución.
Por lo anterior, Corpocesar determinó que la medida preventiva impuesta es de ejecución inmediata y tiene carácter preventivo y transitorio, que surte efectos inmediatos. Asimismo, detalló que el incumplimiento total o parcial a la medida preventiva impuesta en el presente acto administrativo, será causal de agravación de la responsabilidad en materia ambiental, según lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 7 de la Ley 1333 de 2009.
“LA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN TIENE VICIO DE NULIDAD”
Ante esta situación Wilson Pérez, miembro del Foro Ambiental, un colectivo de ambientalistas en defensa del cerro Hurtado, manifestó que a raíz del vicio de nulidad que presenta la resolución 20001-1-21-0662 del 26 de julio de 2021, expedida por la Curaduría Primera de Valledupar, a través de la cual se otorga la licencia de construcción, la Corporación Autónoma Regional del Cesar presentó una solicitud de revocatoria para garantizar la protección de las áreas consideradas sujeto de protección y conservación.
“Las licencias de construcción que expidan de ahora en adelante por parte de las curadurías no pueden ser expedidas con los vicios de nulidad bajo la cual se expidió está, y entre otras generó el pronunciamiento de Corpocesar sobre su revocatoria a la Curaduría Primera de Valledupar”, sostuvo Pérez.
El ambientalista dijo además que, “es cierto que la amenaza sigue sobre el cerro, puesto que dicha amenaza terminará cuando dentro del ajuste del POT VALL 2015, sea revisado, ajustado y concertado con Corpocesar, donde se revoque la autorización viciada de nulidad de la dichosa manzana F”.
NIEGAN NULIDAD DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN
Por su parte, la jefe de la Oficina Jurídica de Corpocesar, Eivys Johana Vega Rodríguez, indicó que la solicitud de revocatoria de la licencia de construcción fue negada por parte de la Curaduría No. 1 a través de la Resolución No. 20001-1-22- 1138 del 16 de junio de 2022.
“Por lo que se procederá ante las instancias de lo contencioso administrativo para presentar la demanda de nulidad”, subrayó Vega Rodríguez.
Entre tanto, la jefa jurídica de Corpocesar se refirió a la diferencia entre la medida preventiva de suspensión provisional impuesta por la Inspección de Policía de Valledupar y la emitida por la entidad ambiental.
“La primera, tiene sus génesis en el incumplimiento de las obligaciones determinadas en la licencia de construcción. Y, la medida preventiva impuesta por esta autoridad ambiental aunque tiene los mismos efectos, obedece a la violación de normas ambientales con orígenes en incumplimiento del POMCA y por transposición de perímetros definidos en la licencia de construcción”, acotó Vega Rodríguez.
KAREN LILIANA PÉREZ / EL PILÓN
@karenperezcol