Aunque el tema de las “mordidas” no es nada nuevo en nuestro país, ya que es muy común hacer mención de ellas, cuando nos referimos al tema de la contratación pública, entendida esta como la cuota de participación o soborno de la que se hacen merecedores centenares de servidores públicos que celebran contratos a nombre del Estado; por estos días se ha vuelto más familiar el tema a partir de la mordedura que le dio el célebre atacante del equipo uruguayo “Luis Suarez” a un Jugador del seleccionado Italiano, lo que incluso lo puso por fuera del campeonato del mundo.
Pero hoy a propósito de la vigencia del tema no voy a referirme a ninguno de los dos casos enunciados, sino que quiero llamar la atención a las autoridades policivas para que se tomen medidas y se prevengan las mordidas caninas en esta ciudad. Ahora, debo reconocer que los perros son el mejor amigo del hombre y es la mejor mascota que se puede tener en casa.
Pero en tratándose de caninos considerados como peligrosos en nuestro país, hay que tener el debido cuidado y tomar las medidas de prevención para su tenencia, como sucede con los perrosde razas: American Staffordshiere, Terrier,Bullmastif, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, De presa canario, Rotweiler, Stafforshire Terrier y Tosa Japonés, lo que incluso llevó al Congreso de la República a expedir laLey 746 del 19 de julio de 2002, “Por la regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos”, la cual tiene como objetivo ponerle orden y atención al peligro para la sociedad por la presencia de estos caninos en entornos como parques, conjuntos residenciales y vías públicas.
De acuerdo con esta ley, un perro peligroso es aquel que ha sido adiestrado para el ataque y la defensa, así como los que han tenido episodios de agresiones a personas y otros canes, ypara que los dueños puedan tener este tipo de animales, en primer lugar deben registrarlos antes las alcaldías municipales, que son las que dan el permiso de tenencia; así mismo al momento del registro, el dueño deberá constituir una póliza de responsabilidad civil extracontractual para cubrir los eventuales daños y perjuicios que ocasionen estos animalitos.
De igual manera, la ley prohíbe que los menores de edad puedan ser dueños de un perro peligroso. También se advierte que en espacios públicosestos perros deberán ser llevados por sus dueños con la respectiva cadena (traílla), bozal y permiso de la alcaldía. Adicionalmente según esta norma, estos animales deben vivir en instalaciones específicas que garanticen la seguridad de las personas. Finalmente, el incumplimiento de estas medidas de prevención apareja sanciones que van desde lo pecuniario, el decomiso del ejemplar, hasta el sacrificio del animal.
Debo confesar, que ignoro si en nuestra ciudad se lleva el registro de estos caninos y si se hace la adecuada vigilancia y control sobre la tenencia de estos animales; pero de lo que sí puedo dar fe, es que a diario se ven por las calles y parques de la ciudad perros Pit Bull, Doberman y Fila Brasilero, sin ninguna clase de protección, es decir, sin bozal y sin cadenas seguras, lo que se constituye en un inminente riesgo para cualquier transeúnte desprevenido y población en general, porque incluso en ocasiones sus tenedores hasta los bañan en hurtado a la vista de todos los visitantes que frecuentan el balneario.