“Los curadores urbanos son unos bichos raros que no se sabe ni quién los controla ni cuánto ganan”, algo parecido publicó el diario La Calle hace unas semanas y así se viene creyendo a pesar de ser una figura creada hace 18 años, no obstante lleve tanto tiempo operando hasta al alto gobierno le da duro entender sus funciones y para la mayoría de las personas el oficio de los curadores es un gran negociado lleno de suspicacias y dádivas.
Para que el lector conozca, la Curaduría fue creada para descentralizar la expedición de licencia urbanística de las oficinas de Planeación del país y zafar de la politiquería ese manejo porque cada día que pasaba el desarrollo inmobiliario se hacía más lento y se tornó tan apremiante que el Estado le encargó está función a un particular que ejerciera funciones públicas, que no fuera funcionario ni servidor público; simplemente sería un particular para funciones públicas.
Para participar en este tipo de concurso público el aspirante a curador tiene que ser arquitecto, ingeniero civil o abogado. El profesional aspirante a un periodo de cinco años debe conformar un grupo interdisciplinario con arquitecto, abogado e ingeniero civil y para entrar en funcionamiento requiere de ingeniero de sistemas, contador, administrador, archivista, mensajero, celador y aseadora. La experiencia mínima del curador tiene que ser 10 años en diseño urbano debidamente comprobada. Ganado el concurso, lo nombra y posesiona el alcalde como superior funcional sin subordinación, autónomo en sus funciones y por ese motivo el Concejo no lo puede convocar a control político ni el alcalde lo puede sancionar; sin embargo, puede medir su desempeño anual por medio de auditorías, resultados que de ser negativos le pueden impedir seguir concursando. Lo vigila Planeación Municipal, las veedurías y Contraloría pero solo lo puede destituir la Procuraduría.
Al posesionarse, el curador no recibe nada para funcionar; las inversiones corren por su cuenta; oficinas, mobiliarios, equipos, software, servicios públicos, mensajerías, archivos rodantes, mantenimientos, papelería, nóminas, prestaciones, etc. Todo esto a cambio de expensas regladas por tarifas nacionales por concepto de expedición de resoluciones, excepto el IVA; la destinación del recurso es para pagar el funcionamiento y honorarios del curador. Hasta ahí todo bien, el curador aparentemente gana bien, pero no es así; dependen estas expensas del control físico urbano, del querer del alcalde, del pago previo de los impuestos de delineación urbana, de regularización y otras obligaciones urbanísticas, tributos que superan lejos el valor de la licencia y en la mayoría de los casos se vencen los términos y se archivan las solicitudes ya estudiadas por el curador y su equipo. Llega el fin de mes y el balance da pérdidas hasta de 20 millones de pesos mensuales, cero recaudo de impuestos, cero expensas a las curadurías, las obras ilegales siguen así, nuestro alcalde indeciso desconoce lo que pasa a su alrededor y por otro lado el Jefe de Planeación Municipal aun sabiendo de la quiebra de las dos curadurías existentes propone públicamente la legalización de la tercera.