X

Fuero Militar, sin reforma

Por Luis Elquis Díaz 

La Corte Constitucional a través de la sentencia 6-743 de 2013 declaro inexequible el Acto Legislativo 2 de 2012 “Por el cual se reforman los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política de Colombia”, también conocido como reforma al Fuero Penal Militar. 

El proyecto del Fuero Militar, contó con oposición desde el  mismo momento de su concepción por parte de organismos defensores de los Derechos Humanos en Colombia y de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Presumían que las Fuerzas Militares de Colombia tendrían licencia para infringir los Derechos Humanos. Esta hipótesis no se aparta de la realidad y de la verdad, pues los Derechos Humanos han sido violados sistemáticamente pese al imperio legal que los ampara y salvaguarda.

El informe sobre violencia realizado por el Grupo Memoria Histórica, señala que por lo menos 220 mil personas han muerto como consecuencia del conflicto armado en Colombia entre 1958 y 2012.  178.200 de los muertos son civiles, mientras el resto hicieron parte de Guerrillas, Paramilitares, Militares y Narcotraficantes.   

“Es un golpe a la moral de las Fuerzas Militares” así calificó el Ministro de Defensa Juan Carlos Pinzón, la decisión de declarar inexequible la reforma al Fuero Penal Militar.Ningún miembro de las fuerzas Armadas puede estar contento ni tranquilo, sin embargo, los falsos positivos son inadmisibles, como el carrusel de falsos testigos, el resorts de tolemaica y principalmente  los cuestionamientos que ha tenido la justicia penal militar por ocultar graves casos de violación de los Derechos Humanos a la justicia penal ordinaria, no obstante a la  desconfianza que les pudiera generar. 

Pese a estas irregularidades, las Fuerzas Militares Colombianas se sienten aludidas, porque en el cumplimiento de sus funciones constitucionales quedan sin las garantías del Derecho Internacional Humanitario y sus adversarios de las FARC en el Marco Jurídico Para la Paz.  Sin duda es complejo comprender las razones que le son adversas a las Fuerzas Militares, cuando se contrasta con los supuestos beneficios que puede encontrar las FARC en el marco del proceso de paz. 

Se puede argüir que nuestros militares deben velar y cumplir con las leyes establecidas, mientras narcoterroristas de las FARC por hábito y naturaleza las quebrantan consuetudinariamente. De allí se colige el debate retorico de “paz sin impunidad” el cual recobrará vigencia, se instalará como válido y se fortalecerá mientras se mantenga la paquidermia para definir los acuerdos. 

El fallo de la Corte Constitucional es otro ingrediente favorable para la polarización política enquistada en el país, no por el reclamo de garantías para las fuerzas Militares, (ponen el pecho) sino para usufructo político de los pescadores en río revuelto.  


@LuchoDiaz12

Categories: Columnista
Luis_Elquis_Diaz: