Ad hoc es una expresión latina que literalmente significa “para esto”. El fiscal general Néstor Humberto Martínez Neira, manifestó su impedimento para conocer de la investigación penal contra Cecilia Álvarez Correa Glen y Gina María Parody D’echeona, en atención a la denuncia presentada en su contra en calidad de ex ministras de Transporte y Educación, respectivamente. Caso Odebrecht.
Esta es una tematica técnica y especializada pero en Colombia se ha vuelto deporte nacional, que todo el mundo opine, aun en asuntos de esta naturaleza. Y diga lo que piensa sin tener siquiera una mínima y básica información para ofrecer la reflexión. Aquí los más connotados jurisconsultos se han erigido Vicky Dávila, Claudia Gurisati, Sánchez Cristo y por esta región por favor.
El punto es jurídicamente jodido y problemático. La encargada de decidir sobre el impedimiento que manifieste el Fiscal General de la Nación para intervenir en el trámite de un proceso penal a su cargo, lo es por disposición legal, nada más y nada menos que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, es decir, la sala conformada por todos los integrantes de esa alta corporacion judicial y sus salas especializadas (civil y agraria, laboral, penal).
Y no se crea que ahí no haya habido hartas discusiones de altísimo nivel jurídico. Por ejemplo, si se acepta el impedimento, la Sala Plena se ha movido, entre declarar fundado el impedimento del Fiscal Martínez, en el caso Odebrecht y remitirlo para que continúe con la investigación penal, la vicefiscal general María Paulina Riveros y le han enviado la carpeta para que continúe con el conocimiento del asunto. Empero en otras ocasiones, han sido de la opinión mayoritaria, que siempre en todos los casos de impedimentos del Fiscal General de la Nación debe elegirse un fiscal ad hoc.
Inclusive han acudido a la inaplicabilidad de normas vigentes, por vía de la excepción de constitucionalidad, aun frente a disposiciones que fueron declaradas exequibles por la Corte Constitucional. A ese nivel de riesgos e inseguridades jurídicas se ha llegado para abordar una temática inevitablemente compleja.
En el último impedimento conjunto, esta vez, de fiscal general y vicefiscal general, la Corte le solicitó al presidente Duque que le remitiera una terna para elegir un fiscal ad hoc que se encargará de conocer la investigación en el caso penal relacionado con Odebrecht. Y el presidente lo hizo, envió una terna conformada por aquilatados profesionales del derecho, pero no expertos en derecho penal y/o procesal penal, precisamente de un caso que lo reclamado es experiencia y experticia en la materia.
La Corte Suprema de Justicia no quiso esta vez enredarse y optó por rápidamente elegir a Leonardo Espinosa Quintero, quien ofrece una atendible hoja de vida, en otros campos distintos a la penal, quien va ser no el administrador de un caso, sino el instructor del mismo, esto es, director y coordinador de una investigación desafiante y compleja.
De cara a lo que acaba de exponerse, inevitable que ingrese la opinión pública ha realizar todo tipo de especulaciones, opiniones, suspicacias que lo único que hacen es erosionar la objetividad y la imparcialidad en el ejercicio de la juridicidad. Por todo ello algo tan elemental como seleccionar en Colombia una hoja de vida de tantos expertos en derecho penal con comprobada experticia y adiestramiento, se pifie el Presidente Duque para que el profesor Bejarano lo señale no solo como subpresidente, sino quien direcciona el gran batallón de inexpertos. Inclusive para ternar.
Por Hugo Mendoza