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Examen a la Constitución

La Constitución de 1991 es un pacto de convivencia de la sociedad civil. En su filosofía, valores, principios y en su cuerpo normativo se establecen reglas formales y sustanciales. Es un acuerdo obligatorio para todos los colombianos que en forma permanente habitan en el territorio o en el extranjero. 

Los valores superiores de la Constitución Política irradian a todo el ordenamiento y son el faro que guía la vida pública y privada en el territorio de una república. 

Nuestra Constitución cumplió 32 años. Es hora de revisar su calidad, esto se justifica en la medida en que el ser humano es falible, lo que implica que se mueva entre el acierto y el error, por lo que, pasado cierto tiempo, debe estar sometiendo a juicio todo conocimiento e instituciones con el fin de perfeccionarlos. 

Por tanto, entre sus aciertos incuestionables está la consagración de un Estado laico que implica la separación entre el Estado y las religiones, se institucionalizó la Carta de Derechos Humanos y se materializó la existencia de un Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

También se crearon las condiciones para insertar a Colombia en un mundo globalizado y a reconocer en el ciudadano a un miembro de una democracia constitucional universal. 

Los valores de igualdad de todos ante el derecho y el Estado de Derecho, la dignidad humana, la libertad como autonomía y participación son parte de nuestra cultura constitucional, pero en materia de organización del poder no ha sido nada democrática. 

La democracia contemporánea necesita de la separación y división de poderes en forma vertical y horizontal y del reparto equitativo de la soberanía entre las entidades descentralizadas territoriales de derecho público y lo que se hizo fue reforzar la centralización política consagrada en la Carta Política de 1886.

En otras palabras, impide que los departamentos recuperaran parte de la soberanía que tenían como estados soberanos. La centralización del poder en el territorio es una herencia del autoritarismo, como bien lo manifestaron los redactores de la Carta Política de 1886, quienes tenían bien claro que la centralización política bajo el ropaje de un estado unitario no es más que una versión del absolutismo de un poder soberano lejano, distante y ajeno. 

Acerca de la relación entre democracia y federalismo, Luigi Ferrajoli, en ‘Principia iuris’, nos dice “…el federalismo es también una teoría de la libertad civil y de la democracia. En primer lugar porque representa la más válida garantía de la libertad civil y de la libertad política >> frente a los peligros del <<Estado unitario>>, cuyo carácter <<opresivo en cuanto a nivelador de las diferencias, y despótico por concentrador>>, asustaba a Cattaneo; en segundo término porque <<en su sentido más maduro y ciertamente más moderno, lleva a un incremento de la libertad política en la dirección de una genuina democracia, ya que la multiplicidad de los centros autónomos presupone y promueve una mayor participación de los ciudadanos en la cosa pública>> ”.  

En conclusión, la Carta Política de 1991 necesita revisarse para ser transformada en un texto más democrático con la incorporación del modelo federal de nuestras instituciones. Los ciudadanos de los departamentos hace rato lo reclaman y no desean seguir en estado de minoría de edad, como lo estuvo Panamá, antes de recuperar su autonomía. 

Por Eduardo Verano de la Rosa.

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