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Estos son los nuevos reglamentos para portar un arma traumática

Imagen de referencia.

El Gobierno nacional expidió el Decreto 1417 del 4 de noviembre de 2021 con el que se busca regular el uso de armas traumáticas en el país, el cual, según la Policía Nacional, ha crecido exponencialmente: en 2018 se incautaron 3.201 armas traumáticas y en el 2019 un total de 3.804.

El decreto establece que aquellas personas que posean armas traumáticas tendrán un plazo de hasta 8 meses para marcarlas ante Indumil, Industria Militar. Además, después de terminar el marcaje contarán con 8 meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte.

“Las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho (8) meses contados a partir de que entre en funcionamiento y operación el procedimiento que para ello establezca INDUMIL. Después de dicho proceso, contarán con ocho (8) meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte, este término se contará a partir del marcaje y registro de cada arma traumática”, se puede leer en el decreto.

En cuanto a los comerciantes, aquellas personas que al momento de entrar en vigencia el Decreto tengan armas en su inventario tendrán un plazo de 16 meses para comercializarlas.

Además, deberá llevar registro de “nombre, apellidos y el número de la cédula de ciudadanía de las personas naturales o la razón social, número de identificación tributaria -NIT y nombre, apellidos y número de la cédula de ciudadanía del representante legal cuando se trate de una persona jurídica, dejando copia del documento de identidad y del certificado de existencia y representación legal”.

La Policía explicó que para el año 2020 se han incautado 5.478 armas traumáticas y en lo corrido del 2021 van 6.569, “lo que representa un incremento del 105 % en comparación a los 7 meses del año 2021″.

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