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Estos fueron los mejores calificados en la prueba para elegir personero de Valledupar 

Concejo de Valledupar.

La Corporación Universitaria de la Costa publicó los resultados de la prueba de conocimientos realizada el pasado 23 de mayo de 2024 dentro del concurso de méritos para elegir al personero de Valledupar para el periodo 2024-2028. 

El mejor resultado lo obtuvo la exprocuradura provincial de Valledupar, Dina Margarita Zuleta Molina, con un puntaje de 468. En segundo lugar quedó el abogado José Laureano Montaña Cataño, con 432 puntos; y tercera, la actual personera encargada, Luz Angela Moreno del Portillo, con 420. Estos resultados son fundamentales dentro del concurso de méritos porque representan casi el 60 % de los ítems que se tienen en cuenta para hacer la lista de elegibles.

La lista la completan los abogados José Mario Meneses (252), Belisario Jiménez (240), Edwin Alexander Hernández (228), Julio César Guzmán (228), José Amiro Araméndiz (228), Marco Antonio Jaramillo (228) e Israel Vicente Guerra (216).

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CRONOGRAMA

Siguiendo lo establecido por la CUC, el próximo 3 de junio se publicarán resultados prueba de competencias laborales; el 6 de junio es la Evaluación de formación académica y experiencia;  y la entrevista la realizará la mesa directiva el jueves 13. 

El 17 publicarían la lista de elegibles y el 20 de junio elegirían al personero de Valledupar para el periodo 2024-2028.

TUTELAS

El Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales admitió una tutela que pide suspender el concurso de méritos para elegir personero de Valledupar. 

La tutela la interpuso el abogado Marlon David Gutiérrez en contra del Concejo y la Corporación Universitaria de la Costa alegando que violaron sus derechos al no dejarlo participar en el concurso. 

“Dicha violación se sustenta en la inobservancia del principio constitucional de prevalencia del derecho sustancial sobre las formalidades en las actuaciones públicas, el cual se encuentra recogido en el artículo 228 de la Constitución Política; toda vez que ya se encuentra probado el cumplimiento de los requisitos de participación en el proceso de selección referenciado, sin embargo, el operador inadmite dicha participación exigiendo la presentación de documentos adicionales para acreditar una misma situación ya probada”, señaló en la tutela.

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