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Estado autoritario

La figura del pensador cartagenero Rafael Núñez y su espíritu ha dejado una huella profunda en la historia nacional. Es el arquitecto del Estado autoritario, confesional y de la organización del poder centralista con un fuerte régimen presidencialista.


Él liquidó el modelo federal que se consagró en el ordenamiento constitucional de 1863 y que fue reemplazado por la carta política de 1886. Es bueno recordar que el estado colombiano estaba integrado por nueve estados soberanos: Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Panamá, Santander y Tolima.


Nueve estados soberanos unidos a la República de Colombia por un pacto federal en el que el poder central les reconocía autonomía política, legislativa, administrativa, fiscal y tributaria.
Asimismo, cada estado tenía propiedad sobre sus bienes, en los que tenía libertad para disponer de estos conforme a sus constituciones federales.


Cabe resaltar que la soberanía en una sociedad democrática reside en el pueblo, es decir en la ciudadanía de donde nacen los poderes públicos que se ejercen conforme al pacto constitucional.
Los nueves estados al disponer de poder soberano, compartían, en forma pluralista y simétrica, la soberanía. Ningún territorio tenía mayor potestad que otro y el poder central solamente actuaba de acuerdo a lo conferido por el pacto constitucional, esa era una república con un modelo democrático.
¿Qué era imperfecto el modelo? Sin duda, pero había que corregirlo, no destruirlo mediante una convocatoria a espaldas de la soberanía de los estados soberanos, una asamblea nacional de delegatarios con la finalidad de aplastar la libertad política de las futuras regiones.


Este procedimiento de convocatoria de un cuerpo con poderes constitucionales que pasó por alto la soberanía de los estados soberanos fue subversivo y lo hizo Rafael Núñez mediante el Decreto 594 de 10 de septiembre de 1885.


Núñez, el 11 de noviembre se dirigió a los delegados del cuerpo constitucional, seleccionados con la orientación de la propia presidencia, quienes no eran representativos de los estados soberanos, incluso, muchos ni conocían los territorios como el caso de Miguel Antonio Caro que actuó en nombre de Panamá, sin haber pisado su suelo.


En el discurso, Núñez declaró en forma totalitaria que la carta política de 1863 había sido destruida por el curso de los acontecimientos y que no era necesaria la convocatoria de una convención. “Las repúblicas deben ser autoritarias, so pena de incidir en permanente desorden y aniquilarse en vez de progresar”.
La asamblea de delegatarios le fue fiel a los mandatos de Núñez y su filosofía política autoritaria se consignó en la Constitución Política de 1886. Le fue tan fiel que le privó a los ciudadanos de su libertad política de conformar gobiernos representativos, lo primero que hizo fue quitarles sus parlamentos autónomos.


El derecho al parlamento autónomo le fue arrebatado a los herederos de los estados soberanos: los departamentos, que Núñez convirtió, a partir de allí, en menores de edad.
La autonomía como poder soberano se manifiesta con la existencia del derecho de tener parlamentos porque estas instituciones son el templo del ejercicio del poder y al arrebatárselo los convirtió en menores de edad, y a los ciudadanos de nuestros territorios también.
La lucha por la autonomía territorial es contra la herencia de Rafael Núñez.

Por Eduardo Verano de la Rosa

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