La Alcaldía de Valledupar expidió el Decreto 1297 de 2024 para reglamentar la manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venta y uso de pólvora, productos pirotécnicos, fuegos artificiales y globos en el municipio. Este documento establece sanciones para establecimientos, individuos y padres de familia sorprendidos en posesión de fósforo blanco o cualquier presentación de pólvora.
El decreto señala que si un niño, niña o adolescente es encontrado usando, manipulando, transportando, comprando o vendiendo pólvora, esta será incautada, y el menor será conducido ante un defensor de familia.
Las sanciones en estos casos incluyen: la sanción civil, que implica que el infractor debe dedicar su tiempo a actividades orientadas a la prevención y atención de emergencias en beneficio de la comunidad vallenata; y la sanción pecuniaria, que puede alcanzar hasta 5 salarios mínimos legales vigentes (SMLV), equivalentes a $6.500.000.
Chispitas Mariposa y otros artículos pirotécnicos bajo la lupa
El decreto define los artículos pirotécnicos como artefactos que generan efectos caloríficos, luminosos, sonoros, gaseosos o fumíferos. En este contexto, las Chispitas Mariposa, un producto pirotécnico muy popular en Colombia, contienen pólvora que generalmente incluye fósforo blanco como componente principal. Este tipo de pólvora es conocido por su capacidad para generar chispas y efectos luminosos al encenderse.
Fabricado por la empresa Maravillas de Colombia S.A., este producto ha sido objeto de estrictas regulaciones debido a los riesgos asociados con su uso, especialmente entre los niños, ya que puede provocar quemaduras y otros accidentes. Precisamente la Alcaldía de Valledupar mediante este decreto ha recomendado mantener a los menores alejados de estos artefactos debido a los incidentes que ocurren cada año por la manipulación de este aparentemente inofensivo artículo pirotécnico.
¿Qué pasa con las personas adultas a las que se les encuentre pólvora?
Para los adultos, el artículo séptimo del decreto establece sanciones económicas que oscilan entre 2 y 20 SMLV, es decir, entre $2.600.000 y $26.000.000, además del decomiso del material.
Estas sanciones aplican para quienes fabriquen, transporten o posean pólvora en vehículos, establecimientos informales, comercios registrados ante la Cámara de Comercio y tiendas de barrio. En el caso de vendedores informales, además de la multa, el material será decomisado.
Para los establecimientos comerciales, se contempla el decomiso, el cierre del local por siete días y, en algunos casos, la suspensión del registro mercantil. Los vehículos involucrados enfrentarán retención, además de las sanciones económicas.
Desde la Secretaría de Gobierno de Valledupar se han anunciado visitas sorpresa a las tiendas de barrio y a las calles de la ciudad, a partir de la primera semana de diciembre, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y prevenir accidentes. Estas inspecciones buscan asegurar que se respeten las regulaciones sobre el uso y la distribución de pólvora.
¿Quienes sí pueden manipular pólvora?
Según el decreto y la Ley 1575 de 2012 (Ley General de Bomberos de Colombia), la manipulación de pólvora solo está permitida para personas mayores de edad que cuenten con la aprobación del Cuerpo Oficial de Bomberos de Valledupar, la Oficina de Gestión del Riesgo y la Policía Metropolitana.
Además, se exige una póliza de responsabilidad civil contractual equivalente a 100 SMLV (aproximadamente $130.000.000) para cubrir posibles daños y accidentes. Los organizadores de eventos deben incluir pólizas adicionales dependiendo del número de asistentes.
Por Redacción EL PILÓN.