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Entran en vigencia sanciones económicas para ‘despilfarradores’ de agua

El ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Carlos Costa Posada dio a conocer que entró en vigencia la medida de sanción para los ‘derrochadores’ de agua, debido a que se avecina el periodo más crítico del Fenómeno del Niño que son los meses de abril y mayo.

El funcionario explicó que el metro cúbico de agua adicional al consumo promedio será cobrado por el doble del valor normal de la factura.
Costa explicó que la medida tiene dos objetivos claros: la primera tiene que ver con interés del Gobierno de promover el ahorro del agua sobre todo entre aquellos usuarios que consumen agua en exceso, y segundo que cada uno en “nuestras casas tomemos consciencia del consumo del agua”.
Las disposiciones sólo estarán vigentes en las zonas y durante los periodos en que el IDEAM oficialmente informe que hay niveles bajos de precipitación por efectos de fenómenos ambientales. Una vez terminen esas situaciones climáticas especiales, según esta entidad, los valores a facturar por este concepto desaparecerán.
Esta medida consiste en la definición de un “Nivel de Consumo Excesivo” para diferentes pisos térmicos (clima frío, templado o cálido), a partir del cual, los suscriptores residenciales que lo superen, deberán asumir un valor adicional al cobro del servicio, buscando precisamente desincentivar los altos consumos de agua de la siguiente forma:

Piso Térmico
Nivel de consumo excesivo

Ciudades y municipios con altitud promedio por encima de 2.000 metros sobre el nivel del mar
Mayor 28 m3/suscriptor/mes
Ciudades y municipios con altitud promedio entre 1.000 y 2.000 metros sobre el nivel del mar
Mayor 34 m3/suscriptor/mes
Ciudades y municipios con altitud promedio por debajo de 1.000 metros sobre el nivel del mar
Mayor 35 m3/suscriptor/mes

La norma aplica únicamente para usuarios residenciales y no aplica para: instituciones de beneficencia, instituciones culturales, instituciones de servicios sociales, hogares comunitarios y sustitutos e inquilinatos.
Cada m3 que supere el nivel de consumo excesivo costará el doble (como relaciona la tabla anterior, es de 28m3 en tierra fría, de 34m3 en climas templados y de 35m3 en tierra caliente).

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