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Energías renovables no convencionales y el futuro de La Guajira

Las expectativas en torno a las energías renovables no convencionales (ERNC) no son un artificio ocasional basado en locuacidades usadas para apaciguar inconformidades ante la crisis estructural que atraviesa el departamento; estamos ante una realidad concluyente y decisiva, determinada por tendencias orbitales surgidas del seno de las Naciones Unidas a partir de 2012, declarado año internacional de las ERNC que marca un hito en la transición. 

En esa fecha se estableció un consenso global para transitar hacia ERNC, fuentes energéticas limpias que exigen a la comunidad internacional modificar la actual matriz energética mundial en la que aún predominan las tres principales fuentes fósiles de generación de energía, en su orden: petróleo, carbon y gas natural. La Guajira en virtud de un raro, contradictorio y paradójico doble maridaje de su topografía con la naturaleza es un fuerte aportante de las dos últimas y ahora es compensada nuevamente como potencia en tres de las principales fuentes renovables. Poseemos enormes y comprobadas fortalezas en plena ejecución en energías eólicas terrestres, y prometedoras potencialidades en energías mareomotrices o eólicas offshore y en energías solares. 

Paralelamente a su enorme contribución con el cambio climático, la reorientación de la matriz energética ostenta la ventaja de acelerados desarrollos tecnológicos asociados con las energías renovables. Específicamente en el caso de las energías eólicas su cada vez más progresiva competitividad se sustenta en crecientes menores costos de aerogeneradores y masificación de parques eólicos.

A las inmensas potencialidades peninsulares aludidas en energías eólicas sumamos   complementariedad con la principal fuente de generación energética colombiana: hidráulica; justamente cuando se produce el cambio del régimen de lluvias,  y aparecen intensos y prolongados veranos (fenómeno del Niño), es precisamente el momento cuando los vientos soplan con mayor fortaleza y la creciente oferta eólica resultante sustituye la caída del suministro de energía hidráulica.

 La capacidad eólica del departamento podrá llegar a generar el 20 % del total de la energía que demanda el país o el equivalente al total de lo consumido por todas las capitales y los grandes consumidores (GCE). Hablamos de 16 GW.

No obstante, el espléndido escenario descrito acaece desapercibidamente para  nosotros como ciudadanos comunes y corrientes, simultáneamente se observa una alarmante anomia institucional en los distintos ordenes, esas circunstancias conjugadas dan pábulo a una desigual y asimétrica relación: comunidades-empresas, generándose un mar de irregularidades, obviamente en detrimento de las comunidades indígenas que pueblan el Resguardo de la Alta y Media Guajira, epicentro del 98 % de los parques eólicos, en los cuales se desarrollan los proyectos basados en la trasformación de la energía cinética proveniente de las fuerzas del viento, concentrados en los municipios de Uribia y Maicao. Entre las incongruencias emanadas de las imperfecciones en el desarrollo de las etapas preliminares destacamos las siguientes: ausencia de consultas previas, libres e informadas, imposición unilateral de criterios por las empresas, modificación del paisaje, desintegración de comunidades, inadecuada evaluación del impacto sobre la salud humana y sobre la fauna,  confusión en los conceptos de pago por compensaciones, por bonos de carbono, asimismo se disimula el pago de los arriendos.

La Ley 1715 de 2014 destinada a normativizar y regular el desarrollo de las ERNC insinúa un evidente sesgo encaminado a estimular la participación de grandes empresas en las subastas donde se adjudican contratos de aprovechamientos de los recursos que otorga la naturaleza -lo que no es reprochable-; pero no equilibra las cargas, subestima los derechos de las comunidades indígenas propietarias colectivas y ancestrales de territorios inalienables, inembargables e imprescriptibles. Esa tendencia proempresarial no es exclusiva de la precitada ley, el gobierno en su afán porque se cumpla el cronograma previsto en las subastas prioriza desproporcionadamente negocios sobre derechos comunitarios indígenas. En tal propósito ha emitido decretos orientados a menguar esos derechos mediante la “regulación” de las consultas previas. El Decreto 2353 es un ejemplo. Para Duque no existe dilema, se trata del futuro del mercado de capitales y de la “prioridad nacional”. Las consultas previas han estado signadas por un secretismo preocupante. Persiste la noción histórica centralista y estigmatizante sobre La Guajira: región inhóspita, brava, sin ley, ni progreso, extensiva a todos los territorios periféricos del país, habitados por individuos y comunidades problemáticas. Reiteración histórica: la intención es trasformar la región y sus habitantes en función de necesidades instrumentales de la economía global y sus sistemas de producción; las prioridades y realidades económicas, sociales, culturales y ecológicas del territorio están subordinadas.

Las empresas que están desarrollando proyectos eólicos en La Guajira deberían ensamblar experiencias en proyectos eólicos llevadas a cabo en Alemania, Dinamarca y Suecia, y las iniciativas promovidas en Estados Unidos y Canadá, cuyos modelos de negocio son económicamente rentables y socialmente justos para todas las partes.

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José Luis Arredondo Mejía: