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En vigencia ley contra conductores borrachos

Por Jairo Franco Salas 

Con esta ley se crean cuatro mecanismos: las multas, cursos comunitarios, la suspensión de la licencia e inmovilización del vehículo. En cuanto al escenario de consumir alcohol y conducir, se crean incentivos de impacto que permitirán modificar el comportamiento de los conductores. Las medidas aprobadas contenidas en esta ley, tienen el objetivo de prevenir la conducción en estado de embriaguez y sanciones más fuertes a los reincidentes de esta conducta.

¿Qué busca esta ley?: el propósito de la ley es castigar a quienes ocasionen lesiones personales y muerte, bajo los efectos del alcohol o de sustancias sicotrópicas; fueron familiares de las víctimas de conductores ebrios que convencieron al Congreso a aprobarla. Según el director de carreteras de la Policía Nacional, 456 muertos en accidentes de tránsito ocurrieron en el país en 2012, en el transcurso de este año van 448 muertos, buena parte de las víctimas jóvenes entre 20 y 24 años. Se pretende que los controles se ejerzan, que se cumplan las medidas severamente, para que otros en la misma tendencia y que no han experimentado aprendan: se debe tomar conciencia y no tomar licor.

Este tipo de norma se necesitaban, para hacerle frente a esta conducta que crecía desaforadamente y que estaba ocasionando cientos de muertos y otro tanto de incapacitados de por vida. No se podía dejar esta situación allí en dilación y sin solución, se dejó pasar mucho tiempo sin tomar los correctivos, lo más doloroso es que muchos murieron por acción de borrachos conduciendo. Se acabó eso de ese borracho diciendo a las autoridades de tránsito: yo venía despacito, si lo maté, yo no tengo la culpa, no era mi intención, todos esos “argumentos de borrachos”, no surtirán efectos con esta ley; manejar ebrio es una conducta delictiva, intencionada, deliberada, que previamente se debe considerar atentamente el pro y el contra, no es un accidente cualquiera que se causa en esas circunstancias.

Las penas privativas de la libertad, irán entre 9 a los 18 años, no se concederán beneficios y el borracho será procesado por homicidio culposo. Cuando el conductor borracho sea sorprendido conduciendo por primera vez, registrando entre 20 y 39 miligramos de alcohol, la licencia se suspenderá por un año, su vehículo inmovilizado por un día y multa de $1.768.500, además 20 horas de trabajo comunitario; con grado 1 de alcohol, la licencia será suspendida por 3 años, el vehículo inmovilizado por 3 días y la multa por $3.537.000 y 30 horas de trabajo comunitario; con grado 2 de alcohol se suspenderá la licencia por 5 años, vehículo inmovilizado por 6 días y multa de $7.074.000 y 40 horas de trabajo comunitario; con grado 3 de alcohol, la licencia será suspendida por 10 años, inmovilización del vehículo por 10 días y multa de $14.148.000 y 50 horas de trabajo comunitario. Si el conductor borracho es reincidente, será sancionado con multas más altas hasta perder su licencia definitivamente y obtener una multa de hasta $28.296.000.

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