Los trabajadores vinculados laboralmente a una empresa se preparan para recibir la prima, un salario que reciben de manera extra y el cual se divide en dos, el 50% en cancelado en junio y el otro en diciembre.
El empleador está obligado a pagarle a sus empleados la prima para lo cual tiene como plazo máximo el 30 de junio. En esta prestación económica a las empleadas del servicio doméstico, los conductores de servicio familiar, las personas que son contratadas por días o en fincas.
A voz de expertos como el contador José Henriquez David, este es un recurso extra que como al empleado casi no le alcanza el sueldo que recibe, lo destina a cosas imprevistas que le surgen, caso del pago de matrícula universitarias de los hijos, un viaje o lo que en ese momento necesite.
Es así como poco se destina al pago de la cuota inicial de una vivienda o un carro, como debería ser lo ideal, porque además esa prima resulta también una cantidad pequeña, teniendo en cuenta que la mayoría de personas vinculadas laboralmente ganan el salario mínimo o un poquito más.
Lo mejor para que la prima no se le ‘esfume’ y no la vea, es planificar qué hacer con ella, utilizarla para evitar endeudamientos haciendo abonos a créditos obtenidos, para crecimiento personal como por ejemplo, estudiar.