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El Congreso: juez colegiado sin toga

En el Congreso de la República se hacen las leyes, entonces para comprender por qué el todavía magistrado de la Corte Constitucional Jorge Pretel Chaljub envuelto en una tropelía de ¡padre y señor mío! lo investiga, acusa y juzga la rama legislativa del poder público, conviene compartir lo siguiente:

En el ordenamiento jurídico colombiano existen tres ramas del poder público: la legislativa (Congreso), judicial (magistrados y jueces) y la ejecutiva (Gobierno). Empero la Constitución Nacional confió -para equilibrar el poder- que los magistrados de las altas cortes, igualmente el Presidente y el Fiscal General, si perpetran un comportamiento disciplinaria o penalmente reprochable -por fuero constitucional- para averiguarlo soportaran primeramente un antejuicio en el Congreso donde está representado el pueblo.

Y para ese propósito la ley tiene diseñado un procedimiento. La Cámara de Representantes lo investiga a través de la Comisión de Investigación y Acusación. Si se llega por los integrantes de la Comisión al convencimiento que el subjudice Pretel cometió el desafuero han de proponer acusarlo ante el Senado. Esta célula legislativa confirma si se cometió el comportamiento anómalo (entonces) si se subsume en falta disciplinaria o indignidad por mala conducta le impone como sanción la destitución del cargo de Magistrado o la privación temporal o perdida absoluta de los derechos políticos.

Ahora si ese proceder además de antiético comporta una conducta delictual, entonces el Senado debe enviar el caso a la Corte Suprema de Justicia para que en Sala de Casación Penal inicie -ese sí- juicio judicial para absolverlo o condenarlo por los hechos ilícitos.

A simple vista es fácil inferir que en el escenario y dinámica política del Congreso no resulta fluido ni expedito llevar a cabo un procedimiento célere de investigación, acusación y juzgamiento a ningún aforado, por eso con la auto separación por dos meses del cargo, Pretel busca apaciguar los enojos colectivos del entramado episodio. Ahí en alejarse temporalmente del cargo no hay ni inteligencia ni habilidad sino desatinada propuesta circunstancial por estar en el ojo del huracán.

Y bien. La imbecilidad mayor deambula en procurar separar artificiosamente el derecho, la moral y la ética como distractor en el mundo inasible de la filosofía política o jurídica cuando el comportamiento de Pretel, en caso de ser una falta disciplinaria el Congreso en juicio ético y moral lo sancionaría con las medidas diseñadas en el derecho arriba mencionadas y si asimismo la conducta es ilícita en el derecho se encuentra la solución: sentenciarlo con ejemplar condena.

Con todo, el Congreso en el caso de que se trata (curiosamente) hace en sede de juicio político, valoraciones éticas y morales aplicando razonamientos de derecho y en sede judicial solo se hará puros juicios jurídicos. Dios lo tenga de su mano porque el reproche social ya sin misericordia se le hizo en muchedumbre bajo la presión del relativismo de la moral desacerbada, el juicio ético y moral en curso y el juicio jurídico-valorativo se le hará al final del viacrucis. Dígase por ultimo que no sé porque olfateo que los hechos sin duda refractarán una censurable indelicadeza de praxis humanas por ser ‘acción amoral’ pero al final del túnel sin ninguna connotación penal.

Hugo_Mendoza: