Si en cada uno de los municipios los habitantes recapacitamos sobre las afectaciones a la salud pública como consecuencia de la violación de las medidas sanitarias establecidas por las autoridades administrativas del orden nacional, departamental y municipal, con ocasión del coronavirus (Covid -19), se hace fácil que entendamos que a los alcaldes como autoridades competentes les corresponde hacer cumplir las medidas sanitarias para impedir la propagación de la epidemia.
Para los alcaldes tener como constante desde el marco de sus competencias y funciones: evitar que se violen las medidas sanitarias y en especial hacer seguimiento al cumplimento del confinamiento o aislamiento preventivo obligatorio, si bien corresponde a un deber propio del cargo que desempeñan, no es un asunto fácil; es un tema que requiere la coadyuva de los habitantes de cada municipio en las zonas urbanas (cabecera municipal y corregimientos) y rurales (veredas).
Seguramente un alcalde municipal es quien más hace seguimiento a los problemas en esencia sociales y económicos que conllevan la crisis actual de salud pública, seguramente ningún alcalde del país pretende tener una solución deshumanizadora en su municipio; el actuar administrativo de una autoridad municipal involucra tener presente los casos confirmados, los casos recuperados y los resultados negativos, además de los lineamientos a través de actos administrativos, actuaciones administrativas y demás directrices que diariamente emite el Gobierno nacional. En el alcalde queda la responsabilidad de hacer cumplir en su territorio lo que corresponda a evitar el Covid – 19.
Se trata de entender que la medida de aislamiento, es obligatoria, se trata de no desconocer la orden de confinamiento, se trata de asumir los parámetros que en cada municipio establece el alcalde municipal y en especial comprender que los lineamientos que fija cada alcaldía para permitir la movilidad y el abastecimiento no deben utilizarse para pretender violar las medidas sanitarias y menos para generar peligro de afectación a la salud pública.
Las autoridades administrativas, tienen un poder, su ejercicio compete exclusivamente al presidente de la República, a nivel nacional, y en las entidades territoriales a los gobernadores y los alcaldes. Así estemos frente a un deber funcional de diligencia, valoremos el esfuerzo que en cada uno de nuestros municipios realizan nuestros alcaldes y seamos respetuosos de ese poder. Seamos respetuosos de la autoridad administrativa. No se trata de desconocer las medidas.
La existencia de medidas de Policía para castigar a los infractores, no significa que asumamos el rol de infractores, se trata que asumamos un comportamiento de cumplir, que conlleva prevenir. Que veamos en los alcaldes una autoridad administrativa que busca prevenir contagio y salvar vidas.