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Dudas con la contratación de la infraestructura

Por: JOSE JORGE MAYA MARTINEZ
Ingeniero Civil. Especialista en Recursos Hidráulicos y Medio Ambiente.
Se percibe claramente en los profesionales de la Ingeniería preocupación por los aconteceres en los procesos de contratación de las obras que requiere la infraestructura regional; con base en los Pliegos de Condiciones en Página Web, notamos apartes que rayan en problemas de carácter ético, lo sancionatorio y lo penal, en cuanto a la violación flagrante de los principios del ordenamiento jurídico establecido en la Constitución Política y en la Ley en este tema. Igualmente, en lo que concierne a recursos públicos distribuidos en jugosos contratos que posteriormente se incumplen, sumándose a los engorrosos malos manejos que azotan al País.
Recordamos el sonado e increíble caso de ribetes internacionales de la familia Nule y la prestante familia Moreno, en Bogotá, también la contratación en el pasado  con la empresa estrella de los Vallenatos, Emdupar; contratos multimillonarios cuestionados en Chiriguaná, procesos contractuales en Aguachica, con profesionales, funcionarios y contratistas en las cárceles, dudas sobre el sonado proceso y contrato de obras suscrito por el Gobierno Departamental anterior, para mejoras de los colegios, son parte de la preocupante situación sobre la contratación, que – en su debido momento- fue cuestionada con fundamentos jurídicos, por inquietos y excelentes Ingenieros Contratistas de nuestra ciudad capital, Valledupar.
Procesos que deben ser acordes a lo reglamentado en las Leyes y Decretos, tales como: Constitución Política, Ley 80, el Decreto No. 734 del 13 de Abril de 2012, Ley 1150 del 2007, Ley 1474 del 2011, Decreto-Ley No. 19 de 2012, Ley  842 de 2003,con vicios que llevan al direccionamiento de las propuestas, recordemos que los particulares pueden hacer todo cuanto no les está prohibido, los Funcionarios no pueden actuar sino cuando están expresamente autorizados, o sea solo puede hacer aquello que está establecido en la Ley. Es notorio leer pliegos de condiciones  donde se plantea: el querer abrir las propuestas económicas a puerta cerrada, cuando su apertura debe ser pública y en presencia de los participantes.
Para bien, se debe acreditar una mayor experiencia, con base en contratos ejecutados a lo largo del tiempo, pero se  maneja el direccionamiento de la contratación canalizando las propuestas con una obra determinada, ejecutada en un último periodo. Es necesario que el contratista tenga una capacidad financiera donde se incluyan diversos indicadores, grave que los ordenadores del gasto canalicen esta a un indicador que favorezca intereses definidos. Siendo de importancia la experiencia, el capital de trabajo,  la capacidad financiera y jurídica y organización de los proponentes, no es permitido por la ley el convertir una visita amañada al sitio de obras, como requisito de rechazo para una buena propuesta. Solicitar cupos de créditos exagerados, pero no una capacidad residual para ejecutar obras conlleva a concentración de estas en pocas firmas, afectando la posibilidad de una intervención plural en el desarrollo técnico de nuestra infraestructura.
La Sociedad Colombiana de Ingenieros consigue cambios para el ejercicio libre y acertado de la Ingeniería, contribuyendo eficazmente a la trasparencia en los procesos de contratación y la coherencia de las propuestas, se debe denunciar en los estamentos de control cuando los pliegos no se acojan a los preceptos legales, para protección del buen desarrollo de las obras que necesita la ciudadanía.

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