Por: Ernesto Palencia Caratt
Inquieta figura del faro colombiano dentro de la rama del derecho privado ejercía el derecho civil, teniendo como base las normas establecidas por la ley en cuanto al derecho público o constitucional donde hace parte el penal, el civil, el administrativo, tan solo practicaba en casos especiales, para dirimir situaciones que hicieran honor a la aplicación de la justicia.
Fue egresado de la universidad Externado de Colombia el 19 de junio de 1927 siendo rector el doctor diego Mendoza Pérez, presidente Guillermo Neira Matues, Benjamín Zavala y Parmenio Cárdenas, autor este de la reforma del código de procedimiento penal del año de 1936.
La tesis de Castro Tres Palacios versó sobre la responsabilidad penal que se contrae en los elementos de juicio que puede propiciar los elementos del hombre, morfinismos, la embriaguez, la histeria, la epilepsia y el hipnotismo.
No en el ejercicio de su profesión después de renunciar de la presidencia del centro jurídico del Externado de Colombia, se le nombró fiscal del Juzgado Superior de Santa Marta en donde actuó con brillantez y responsabilidad.
Después entro a ejercer la función de fiscal del Tribunal Superior del Magdalena y luego la presidencia del contencioso administrativo, de aquí recibió de la delegación de Panamá del oficio número 697 que a la letra dice: gustoso comunico a usted que por decreto de la fecha 6 de agosto de 1928, el poder ejecutivo de Panamá tuvo a bien nombrarlo cónsul de la ciudad de Santa Marta.
Por el año del 1930 fue elegido diputado de la asamblea departamental junto con el doctor Ovidio palmera, actual delegado del colegio de abogados del Cesar.
En el año de 1932, escribió un folleto sobre los indios Coguis que sirvió de orientación de las investigaciones de Reichard Dolmatoff, cuando este transitó por las tierras de San Sebastián de Atánquez.
Siguiendo las actividades políticas ocupó curul en la cámara de representantes, después de sus coterráneos doctor Calixto Maestre, Ciro pupo Martínez y Pedro Castro Monsalvo.
Posteriormente Castro Trespalacios, se dispone a la creación de las escuelas de Arte y Oficio para indígenas, cuyo acto se establece en la ley de 1940; al transcurrir 28 años de funcionamiento de la referida escuela que fue elevada a la categoría de instituto mediante ley 79 de 1978 como homenaje a la memoria del ministro Pedro Castro Monsalvo, quien se interesaba mucho por la labor educativa de este plantel.
Pedrito tal como se llamaba familiarmente, tuvo posibilidad de continuar la vida parlamentaria para dedicarse por completo a su profesión que le propiciaba medios para estimular las inquietudes intelectuales escribiendo en las páginas de El Tiempo y El Espectador, o también dando conferencias culturales.
Sacándole ventaja al tiempo produjo la obra “Documento Para La Historia De Valledupar” en fin de cuentas el abogado Pedro Castro Trespalacios, miembro de número de la Academia de Historia de Ocaña, fue miembro correspondiente de la academia de historia Andrés Bello de Caracas, indiscutiblemente un valor sustantivo del campo cultural.
De esta actividad estimuló la realización de un movimiento abanderado por monseñor Vicente Roig y Villalba, Ernesto Palencia Caratt, Marcos Serrano Zúñiga, Cesar Mendoza, José Eugenio Martínez, Carmen de Armenta, Rita Fernández, Ricardo Gonzáles, José Antonio Peñaranda, Juan R. Gutiérrez, Francisco Molina, Leonidas Acuña, Enrique Pereira, fundado un centro de historia cuyas actividades han sido muy provechosas.