La Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar, realizó una serie de recomendaciones a la Universidad del Magdalena y a la Oficina Asesora de Planeación de Valledupar para que sean incorporadas en la modificación excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) que realiza la institución educativa.
“El municipio debe incorporar la totalidad del cerro Hurtado al suelo de protección”, es una de las sugerencias de la autoridad ambiental tras revisar lo modificado por la Universidad a través de un contrato de $3.000 millones.
Según Corpocesar, esto debe realizarse “de conformidad a los lineamientos de las determinantes ambientales identificadas por Corpocesar y a las disposiciones del parágrafo 3 del artículo 10 de la Ley 388 de 1997 que determina que el derecho propio de las comunidades indígenas debe ser respetado y acatado en las determinantes para el ordenamiento”.
POMCA
De acuerdo con la Universidad del Magdalena, la mayoría de motivaciones para revisar de manera parcial y hacer la modificación excepcional del POT son ambientales, entre ellas la adopción del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica (POMCA) del río Guatapurí.
Sobre este punto, Corpocesar determinó que “se deben ajustar los documentos y la cartografía de la propuesta, armonizándola con la zonificación ambiental del POMCA río Guatapurí y las estrategias de manejo ambiental del estudio de acotamiento técnico de la ronda hídrica del río en las áreas que presentan conflicto”.
De acuerdo con la Oficina Asesora de Planeación, el contrato con la Universidad culmina este 30 de noviembre, después de 15 meses y 3 adiciones de tiempo.
Por tanto, antes de presentar el proyecto al Concejo Municipal, deben tener en cuenta los conceptos del Área Metropolitana de Valledupar y Corpocesar.
OTRAS RECOMENDACIONES
Otras de las recomendaciones de Corpocesar, conocidas por EL PILÓN, son, textualmente:
-Ajustar de manera diferencial la propuesta de reglamentación del suelo urbano del municipio que se encuentra afectada por las determinantes ambientales, de tal manera que oriente al cumplimiento de los lineamientos de estas.
-El programa de ejecución de la propuesta debe presentar de manera prioritaria un proyecto integral para la solución de los conflictos socioambientales que presentan los asentamientos subnormales de la margen derecha del río Guatapurí.
-En cuanto a las vías proyectadas en el área de la margen derecha del río Guatapurí, es necesario que el municipio mantenga el enfoque de protección paisajística y ambiental que debe ser consistente con el proyecto de parque lineal del río siempre que se respeten los lineamientos de la zonificación ambiental del POMCA y el estudio de acotamiento técnico de la ronda hídrica.