Me ha llamado poderosamente la atención la actitud del agente policial que en el departamento del Cauca se negó a participar en el desalojo de una familia que ocupaba ilegalmente terrenos públicos.
Me dije para mis adentros que se había metido en un gran lio y que le iba a salir caro, pero a continuación me asaltaron inquietudes y algo me decía que ese hecho si bien inusual nada tenía de extraño y de malo pues en este país no existe la obediencia ciega de órdenes y que a nadie se le puede pedir pasar por encima de valores y derechos consagrados en la Constitución Nacional.
Reflexiones de por medio, concluí que ese muchacho con su actuación ha sentado un precedente valioso que habrá de servirle a su institución y al país. La forma y motivos que tuvo para negarse a cumplir una orden, a todas luces legal pero absolutamente inoportuna, debiera dar motivos y materia para que un operador jurídico de altura se pronunciara. Allí existen los insumos para crear una valiosa jurisprudencia o por lo menos un concepto autorizado.
Alguien lo dijo y lo tomo como propio: ¿A quién se le ocurre un desalojo en plena pandemia sin reubicación temporal? Lo mínimo era haber avisado al ICBF y a las Comisarías de Familia, porque había niños y, como está claramente expresado en la Constitución el derecho de los niños prevalece sobre el de los demás.
¡Ah claro!, la orden era y es absolutamente legal y tendrá que ser cumplida, pero es que existe el artículo cuatro de la carta magna que expresa: La Constitución es norma de normas. “En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales”. Y en Colombia está autorizada la aplicación directa de las normas constitucionales. El agente policivo eso fue lo que hizo y su actitud más que motivo de censura lo debe ser de examen tranquilo. Para mí, su acción lejos de ser un acto de indisciplina, es una especie de llamado de atención y ejemplo. A quien habría que revisar su acción, no sería a él.
La Policía es una institución armada pero civil, es decir, no es militar, sus miembros son civiles y deben pensar y actuar como civiles y entre nosotros existe el derecho al disenso y no son los policías nacionales la excepción.
No le digas a alguien que se lance de un balcón del tercer y no lo censures sino lo hace. Piensa tu en lo que dices. Ni tú eres operador ni los otros son autómatas.
Así es como funciona el estado social de derecho.