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Convalidación del doctorado

A todos los docentes de la Universidad Popular del Cesar y de las otras universidades, los estudiantes les dicen profesor, por su razón de ser. Inclusive, entre docentes, se tratan como profesores. Aquí no importa el título de pregrado, especialización, magister o doctor.

Sin embargo, hay gente despistada y vanidosa (como en todas partes) que se ofenden porque no les dicen doctor. Allá ellos, que sigan creyendo que el agua no moja.

Quiero dejar muy claro que la esencia de una persona que enseña y promueve el aprendizaje hacía el otro, es la docencia y ese docente le imprime pedagogía a su forma de enseñar para lograr los postulados que se requieren, no hay de otra.

Recientemente, en una reunión en mi residencia, mencioné este tema y alguien no estuvo de acuerdo con mi actitud y añadió otro tema a la discusión: los trámites para las convalidaciones de títulos del exterior.

Recriminó el contertulio que los títulos obtenidos en el exterior no tienen la misma validez que los conseguidos en Colombia. Semejante desfachatez me causó alergia. Le reproché su insolencia, citando como ejemplo al Juez Cuarto Penal del Circuito de Conocimiento de Valledupar, Franklin Martínez Solano, quien se gradúo conmigo el 5 de diciembre del 2016 como Doctor en Ciencia Política, en la Universidad del Zulia.

Después de los trámites en Venezuela hicimos las diligencias ante el Ministerio en Bogotá y en menos de un año obtuvimos el título convalidado en Colombia. El Ministerio de Educación Nacional me dio a conocer la Resolución No. 22691 del 31 de octubre del 2017. El Artículo 1ro. dice:” Convalidar y reconocer para todos los efectos académicos y legales en Colombia, el título de doctor en ciencia Politíca, otorgado el 5 de diciembre de 2016, por la Universidad Del Zulia, República Bolivariana de Venezuela, al señor Aquilino Cotes Zuleta, ciudadano colombiano, identificado con cédula de ciudadanía No. 18.936.090, como equivalente al título de Doctor en Ciencia Politíca, que otorgan las instituciones de educación superior colombianas de acuerdo con la Ley 30 de 1992”.

Aclarada la situación, informo a quienes realizan trámites para convalidar sus títulos que, mediante Resolución del Ministerio de diciembre de 2014, los documentos son: 1) Solicitud escrita, diligenciada en debida forma, en el formato establecido por el Ministerio de Educación Nacional. 2) Fotocopia del diploma legalizado o apostillado, según corresponda, del título que se pretende convalidar. El diploma del título original debe estar debidamente legalizado, por vía diplomática o con sello de apostilla. 3) Original o copia del certificado de calificaciones, debidamente legalizado o apostillado. 4) Plan de estudios del programa que corresponda al título que se somete a convalidación, expedido por la institución que otorga el título objeto del trámite, debidamente legalizado o apostillado.

5) Para estudios de posgrado, se deberá anexar copia del documento de pregrado otorgado por la institución de educación superior legalmente reconocida en Colombia o copia de la resolución que otorga la convalidación del título de pregrado emitida por este Ministerio, si el título de pregrado fue obtenido en el extranjero. 6) Fotocopia del documento de identidad del solicitante. 7) Original del recibo de consignación de la tarifa correspondiente a nombre del solicitante. Hasta la próxima semana. tiochiro@hotmail.com.

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