Es hora de construir en democracia un gran pacto político nacional para evolucionar a un Estado Constitucional de Derecho y superar el modelo de Estado Legislativo de Derecho que tanta inseguridad jurídica genera. Como alternativa, debe crearse una constitución rígida que se fundamente en el derecho internacional de los derechos humanos y en un orden jurídico justo y estable que garantice la paz y contribuya a una sociedad cuyas bases sean los derechos y las libertades.
Es necesario que deliberemos acerca de este pacto político nacional. La existencia, hoy, de un Estado Legislativo de Derecho en el cual la mayoría parlamentaria absoluta y transitoria tiene el poder para transformar a su antojo la Carta Política y acomodarla a los intereses políticos del momento es tiranía de la mayoría del Congreso.
Esa tiranía es enemiga de la estabilidad de las instituciones democráticas. Ya el sabio Alexis de Tocqueville, en La democracia en América, lo pronosticó como uno de los peligros que atenta contra esta forma de gobierno.
No es la demagogia el peligro para la democracia, advertía Aristóteles en su obra La Política. Ese era un peligro de la democracia ateniense en la antigüedad. Hoy, el peligro es la tiranía de la mayoría que aplasta e impone.
La reforma constitucional sobre la paz y la Justicia Especial para la Paz fue obra de una mayoría parlamentaria, en la actualidad se anuncia otra mayoría aplastante y se escuchan las voces de la contrarreforma constitucional. Las acusaciones son mutuas. Resolvamos esto, convengamos un pacto constituyente que contribuya a eliminar las posibilidades institucionales de este tipo de “totalitarismo” –venga de donde venga– y construyamos un Estado Constitucional de Derecho.
Vengo proponiendo la descentralización política del país mediante la implementación de la regionalización como modelo de Estado. Al lado de este proceso, revisemos las instituciones actuales. Por ejemplo, una muy importante, la Defensoría del Pueblo. No está constitucionalizada. El defensor del Pueblo, sí. Inconcebible, así las cosas, es más importante normativamente el defensor que la Defensoría.
Asimismo, no es razonable para la defensa de los derechos humanos, que el defensor del Pueblo sea elegido de una terna proveniente del presidente de la República. La Cámara de Representantes no es libre en su elección, está condicionada por la voluntad del mandatario y cumple un papel parecido el de los notarios que otorgan fe de la voluntad de otro y otros. La Cámara debe ser autónoma desde la Carta Política para elegir al defensor, y la institución debe ser descentralizada.
La Defensoría del Pueblo es una institución centralizada y no existe en su interior un sistema de frenos y de balances que fomente una óptima defensa de los derechos humanos. Todo el poder de esa institución radica en el defensor del Pueblo. Ese poder debe ser compartimentado entre varios órganos. La concentración de poder en cualquier institución es inadmisible en una democracia constitucional.
¿Qué decir de los defensores públicos? Es necesario garantizarles un régimen legal de derecho laboral. No puede ser que carezcan de vacaciones, primas y otros derechos humanos de los trabajadores. Sufren de discriminaciones inaceptables, además, tienen que reconocerles los gastos en los que incurren para el ejercicio de la defensa pública de los derechos humanos y estabilidad en sus trabajos. En las oficinas de las defensorías regionales no existe, siquiera, un presupuesto autónomo mínimo. Hagamos el pacto.
Por Eduardo Verano De la Rosa