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Condenaron a siete implicados en el ‘Cartel de Los Locos’, pero ninguno irá a prisión

Por esta investigación hay más de 30 personas procesadas.

El proceso que surgió con el entramado de corrupción que generó un millonario detrimento patrimonial en el sistema pensional del territorio nacional, dejó en Valledupar a otros siete condenados, pero esta vez con un panorama jurídico más favorable para ellos. Seis de los sentenciados no irán a prisión y otro obtuvo el beneficio de la detención domiciliaria.   

Esto se debe a que los procesados, Sandra Patricia González Atencio, María Carolina Ovalle García y Rolando José Vargas Russo, responsables de concierto para delinquir, además de Patricio García de Caro, condenado por el anterior delito y cohecho por dar u ofrecer, fueron sentenciados a pagar 28 meses y 15 días de prisión. Es decir, obtuvieron una condena inferior a los cuatro años que los hizo acreedores del beneficio de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, una figura que permite al infractor suspender por un determinado tiempo la sanción de privación de libertad impuesta.   

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Otros de los favorecidos con esto son: Mario Alberto Alarcón Pabón y Calin Alberto Acosta Cabarcas, condenados a 46 meses y 22 días de prisión por los delitos de  concierto para delinquir y cohecho por dar u ofrecer. 

Las bajas condenas impuestas por el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Función de Conocimiento, corresponden a que los procesados recibieron el 50 % de rebaja de la pena, por haberse allanado a los cargos en las audiencias preliminares.    

“El artículo 63 del Código Penal dice que, cuando una persona es condenada a una pena que equivale a menos de cuatro años y no tiene antecedentes penales, hay que obligatoriamente otorgar el subrogado penal o beneficio de la suspensión condicionada de la ejecución de la pena, es decir, serán condenados a determinada pena, pero no van a ir a la cárcel, sino que se ponen en un periodo de prueba, claramente, si cumplen con las obligaciones que derivan en el acta que se firma, tales como obtener buena conducta, no incurrir a ciertos sitios, no cometer delitos, y  ciertas obligaciones”, explicó el abogado Benjamín Jaimes Quintero, quien hizo parte de la bancada de la defensa. 

Finalmente, Oswaldo Díaz Rodríguez fue condenado a 56 meses y 22 días de prisión por los delitos de concierto para delinquir y fraude procesal, pero recibió el beneficio de poder purgarla en su lugar de residencia.  

LA INVESTIGACIÓN 

La Fiscalía determinó que desde el año 2016 en la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Cesar, se elaboraban a cambio de dinero dictámenes de pérdida de capacidad laboral (PCL), todo con el propósito de que trabajadores de las compañías mineras del Cerrejón, Drummond y Prodeco, además de empleados de entidades públicas, obtuvieran ilegítimamente pensión de invalidez. El diagnóstico más común que emitían era de naturaleza psiquiátrica.

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Pero no conforme con esto, según la investigación, los beneficiados con las pensiones con anticipación se encargaban de alcanzar su cupo máximo de endeudamiento para que las aseguradoras asumieran el pago. 

“Una vez se tuvo conocimiento de esta situación, la Fiscalía General de la Nación, a través de su delegado desarrolló un plan metodológico a partir del cual se desarrollaron actividades por parte de agentes encubiertos, se interceptaron los números telefónicos de las personas que presuntamente se encontraban vinculadas con estas irregularidades y fue así como se pudo establecer la participación de estos ciudadanos”, reza el fallo. 

Por eso, algunos se encargaban de buscar a los ciudadanos interesados en obtener pensión irregular y los profesionales de la salud emitían los diagnósticos adulterados.   

Categories: Judicial
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