Condenado a cadena perpetua muere, revive y pide ser excarcelado. Esta historia ha causado tanto impacto que desde ya se perfila para un libreto de película para Hollywood. Se trata de Benjamin Schreiber, recluido en Des Moines, capital del Estado de Iowa, Estados Unidos, condenado por asesinar a Jhon Dale Terry; un jurado determino su culpabilidad en el crimen sin derecho a libertad condicional.
Schreiber comienza a pagar su pena impuesta y el 30 de marzo de 2015, debido a una grave intoxicación séptica que contrajo en el sitio de reclusión “murió”, fue llevado al centro de urgencias donde los galenos lo “resucitaron”.
En abril del 2018 solicito al juez de su caso una figura jurídica que entre nosotros conocemos en nuestra Carta Magna como el Habeas Corpus, pidiendo su excarcelación; argumentando que ya había pagado la condena, pues su corazón se había detenido y que en ése momento se encontraba preso ilegal e injustamente; no se le acepto tal petición, respondiéndosele que por el solo hecho de “morir” unos minutos, no significaba que había cumplido la pena.
En Estado Unidos, el homicidio en primer grado, el secuestro y la evasión de impuesto son castigados severamente con las más altas penas. Si Schreiber hubiera cometido asesinato en primer grado, la condena hubiese sido a la pena de muerte, también conocida como pena capital.
Recuerdo que fungía como Personero Delegado para los Derechos Humanos de Cali, por razones humanitarias, visitando una cárcel de Estados Unidos, más exactamente en el Estado de Connecticut, me encontré con un caso jurídico que me sorprendió grandemente; lo resumiré así: familiares de un penado que presentaron a ese centro carcelario ante la noticia de sus directivas que había fallecido, presencie el caso a pocos metros como el alcaide les entregaba un documento de su deceso el cual recibieron, pero no así el cadáver de su familiar.
Inmediatamente me entere que el cadáver del penado con grilletes en sus muñecas y tobillos seria así sepultado; eso es lo que realmente indica la cadena perpetua; lo enterrarían en un lugar que no lo suministrarían ni siquiera a la familia, de eso se encarga el Estado. A la salida del penal, lo recuerdo muy bien sus familiares se dirigieron a mi llorando, expresándome: “Ni el cadáver nos lo entregaron “me abrazaron, les correspondí”.
Debemos diferenciar la cadena perpetua de la pena de muerte; la primera nos ocupó en el caso que describí, la segunda el sentenciado morirá en silla eléctrica o por envenenamiento en Estados Unidos. No estoy de acuerdo con la pena de muerte, si con la cadena perpetua con algunas modificaciones, está se propugna en el país por buena cantidad de ciudadanos para conductas atroces.
Volviendo al caso central, aquí no se aceptaran argumentos de abogados, pues el tal sigue vivo; cuenta con 66 años y permanecerá en prisión hasta que un médico forense determine la muerte real; luego sucederá lo que me impacto; un escarnio más que mantiene el régimen jurídico anglosajón y que conserva el país del norte.