La Reforma Política de 2003 modificó muchos aspectos del sistema electoral en Colombia. Estas modificaciones son: umbral electoral, cociente electoral y cifra repartidora, términos, tal vez, poco conocidos por la mayoría de los colombianos, pero que son determinantes como mecanismo de definición de curules para cada corporación pública de elección popular.
El umbral no es otra cosa que el mínimo de votos que debe obtener una lista para competir en la repartición de curules. En cada elección o jornada electoral el umbral cambia, porque está sujeto al número de votos finales de todo el proceso.
Para el Senado de la República la norma establece que el umbral equivale al tres por ciento de la votación total. Es decir, si el número de votos válidos a Senado fue, por ejemplo, de 15 millones de sufragios, se tiene entonces que el tres por ciento de esa cifra es 450 mil, ese será el umbral, lo cual indica que el partido político cuya lista no alcance ese resultado no podrá elegir a un solo senador.
Para las demás corporaciones como Cámara de Representantes, asambleas departamentales, concejos municipales, entre otros, el umbral corresponde a la mitad del cociente electoral. ¿Qué es el cociente electoral? Es la cifra que se deduce al dividir todos los votos válidos depositados entre el número de curules que están en juego. Al conocerse el cociente electoral es fácil obtener el umbral porque este resulta de dividir entre dos esa cifra, cuyo resultado corresponde al umbral.
Por ejemplo, para el caso que nos ocupa esta vez en torno a asamblea y concejo, el ejercicio es el siguiente: para la Asamblea Departamental del Cesar son 11 curules en disputa frente a muchas listas que se inscribieron, pero solo participarán en la repartición de curules las que alcancen el umbral, que para este caso se tiene al dividir el total de votos válidos entre 11 y luego entre dos, el resultado será el umbral. La misma operación aplica para el Concejo Municipal de Valledupar, pero acá se divide entre 19 que es el número de credenciales en disputa.
Conocido el umbral entonces se procede a establecer la cifra repartidora, la cual, siguiendo con el ejemplo de asamblea del Cesar y concejo municipal de Valledupar, será la onceava mejor votación de la Asamblea y la diecinueve mejor votación al Concejo, que no necesariamente corresponde a la 11 o 19 lista más votada, porque ese mejor resultado podría estar en la primera, segunda, tercera o cualquier otra lista de candidatos que haya alcanzado el umbral. Por medio de la cifra repartidora es que se determinan las curules electas para esas dos corporaciones.
Para saber cuál es la cifra repartidora, para el caso de Asamblea del Cesar y Concejo Municipal de Valledupar, donde son 11 y 19 las curules, respectivamente en disputa, se debe realizar un ejercicio matemático que consiste en dividir la votación total de cada lista entre cada curul a proveer. Es decir, primero se divide entre uno, después se divide entre dos, seguidamente entre tres, así sucesivamente hasta finalmente llegar a 11 o 19 para este caso.
Es así como la cifra repartidora permitirá que un segundo, tercer o cuarto candidato de una misma lista pueda ser elegido. El tema es de mucho rigor matemático, esta es solo una idea general de cómo funciona en teoría el asunto.
Por Oscar Martínez Ortiz.