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Por captar agua de forma ilegal, Corpocesar sancionó a la Alcaldía de Valledupar

Una multa superior a los $109 millones, por concepto de multa, deberá pagar el Municipio de Valledupar a Corpocesar. EL PILÓN / Archivo.

Teniendo como base el argumento de que el Alcaldía de Valledupar no posee el permiso para el aprovechamiento de aguas superficiales, en el distrito de riego del corregimiento de Villa Germania, la Corporación Autónoma

Regional del Cesar, Corpocesar, la declaró ambientalmente responsable por uso indebido del agua del río Diluvio.
Dicho proceso estaba advertido a través de la resolución 262 del 29 de septiembre de 2016, cuando la Oficina Jurídica de Corpocesar emitió el fallo en primera instancia. Sin embargo, el municipio siguió incumpliendo y la autoridad ambiental ordenó, a través del auto 229 del 25 de abril de 2017, mandamiento de pago por un valor superior a los $109 millones, por concepto de multa.

El director encargado de Corpocesar, Julio Suárez Luna, explicó que en el trámite del proceso sancionatorio por parte de la Oficina Jurídica de Corpocesar, se garantizó el derecho al debido proceso en todas sus etapas.

“Desde Corpocesar seguiremos trabajando para que toda la comunidad pueda disfrutar del derecho a un ambiente sano y gozar de los recursos naturales de manera sostenible”, argumentó el funcionario, que recomendó a la Alcaldía de Valledupar, adelantar capacitaciones de protección y conservación del río Diluvio que abastece de agua a varias comunidades.

También le solicitó al municipio adelantar el trámite de permiso de aprovechamiento de agua superficial para el distrito de riego de Villa Germania, donde se generó la anomalía debido al proyecto de servidumbre hecho entre 2009 y 2010, por la administración de Luis Fabián Fernández Maestre, para captar agua subterránea y así en este corregimiento de Valledupar.

El trámite de permiso de aprovechamiento de aguas superficiales es gratuito para las entidades públicas, según lo establecido en el parágrafo uno del artículo 14 de la resolución 0059 del 27 de enero de 2012.

Por Carlos Mario Jiménez
Carlos.jimenez@elpilon.com.co

 

 

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